GUTIERREZ CASTRO ANGEL IGNACIO /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Que se interpone recurso de amparo en representación de Ángel Ignacio Gutiérrez Castro, profesional, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad 26.947.902-7, domiciliado en Madrid 620, Quilpué, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber rechazado su solicitud de residencia definitiva mediante Resolución Exenta N° 2500100270320 de fecha 19 de noviembre de 2025, y ordenado el abandono del territorio nacional en plazo de 10 días con prohibición de ingreso por cinco años, actuación que considera ilegal, arbitraria y desproporcionada, ya que dicha orden se fundamenta en la exigencia de un certificado de antecedentes penales apostillado que el amparado no puede obtener debido a persecución política en su país de origen, vulnerando con ello los derechos fundamentales de libertad personal, seguridad individual, libertad ambulatoria y el derecho al debido proceso que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas, por lo que solicita se deje sin efecto la resolución administrativa impugnada y se ordene al Servicio Nacional de Migraciones restablecer el imperio del derecho, aceptando como válidos los documentos equivalentes presentados y permitiendo al amparado regularizar su situación migratoria. Indica que solicitó residencia definitiva el 26 de enero de 2024 tras dos residencias temporales previas. El Servicio Nacional de Migraciones ha exigido reiteradamente un certificado de antecedentes penales apostillado de Venezuela, documento que no puede obtener debido a persecución política en su país de origen, dado que en 2004, firmó en el referendo revocatorio contra Hugo Chávez, con el cual el régimen chavista creó con esa lista el sistema informático "Maisanta", diseñado para impedir a opositores políticos acceder a servicios públicos y obtener documentos oficiales, incluidos certificados de antecedentes penales. En 2005, trabajando en PDVSA, intentó denunciar corrupción de Rafael Ramírez, siendo incluido en una lista negr
Fundamentos
motivos que sustentan las razones invocadas por esta autoridad, siendo procedente el rechazo de la solicitud. Mediante Resolución Exenta N° 2500100270320 de fecha 19 de noviembre de 2025 se rechazó la solicitud de residencia definitiva, disponiendo su abandono del país dentro del plazo de 10 días y una prohibición de ingreso por 5 años. El motivo del rechazo es por no remitir el original del certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado y/o apostillado, requisito exigido por el artículo 88 N° 1 de la Ley N° 21.325 y el artículo 11 del Decreto 177. Destaca que del relato del recurrente y de los documentos acompañados a la presente acción, no se desprende antecedente alguno que acredite el cumplimiento de la obligación pendiente, ni tampoco una circunstancia que justifique el incumplimiento del requisito exigido para ser beneficiario del permiso migratorio solicitado, pese a que, habiendo obtenido un
Fallo
Por lo expuesto, se solicita acoger el recurso, dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 2500100270320 de 19/11/2025, ordenar al Servicio retrotraer el procedimiento, considerar válidos los documentos equivalentes presentados que acreditan fehacientemente la ausencia de antecedentes penales, y permitir la regularización de su situación migratoria, restableciendo el imperio del derecho y la protección de sus garantías constitucionales. Para acreditar sus alegaciones, la parte recurrente incorporó al proceso los siguientes instrumentos: 1) Declaración de expensas del hijo del amparado; 2) Sentencia Rol 348 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; 3) Constancia de Buena Conducta del Centro de Coordinación Policial José Ángel Llanos, legalizada y apostillada; 4) Fotografía del sistema SAIME sin antecedentes; 5) Reporte CICPC de 27 de marzo de 2024; 6) Captura de pantalla del sistema de antecedentes penales venezolano; 7) Resolución Exenta N° 25049594; 8) Constancia de Buena Conducta del Prefecto Ismael Pérez; 9) Carta de la abogada María Inés del Rosario; 10) Resolución Exenta N° 2500100270320. A folio 4 informa el Servicio Nacional de Migraciones, pidiendo el rechazo íntegro de la acción constitucional de amparo interpuesta. Sostuvo que no existe acto u omisión arbitrario o ilegal de su parte que prive, perturbe o amenace el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales de libertad personal y seguridad individual del recurrente, argumentando que todas sus actuaci
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Que se interpone recurso de amparo en representación de Ángel Ignacio Gutiérrez Castro, profesional, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad 26.947.902-7, domiciliado en Madrid 620, Quilpué, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber rechazado su solicitud de residencia definitiva mediante Reso
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica