MP C/ JUAN ALBERTO JORQUERA SIERRA
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2025
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Se ha deducido recurso de apelación de la defensa en contra de la resolución que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados, cuestionando la configuración del literal c) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito formalizado de hurto del artículo 446 número 2 del Código Penal, en grado de frustrado. 2°) Tratándose de la necesidad de cautela, se tendrá presente la circunstancia de que los imputados obraron previamente concertados para la comisión del delito. Por lo demás, ninguno de ellos goza de irreprochable conducta anterior. Por el contrario, el amplio historial delictivo de los encartados permite vislumbrar que una eventual condena deberá ser cumplida de manera efectiva. De esta manera, resulta concluyente que la prisión preventiva es la única medida cautelar que permite resguardar la seguridad de la sociedad, resultando insuficientes otras medidas cautelares. Conforme lo anterior y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada por el juez titular del Juzgado de Garantía de Copiapó, don Paulo Muñoz Pedemonte, en audiencia de uno de diciembre de dos mil veinticinco, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados Nicole Estefany Olivares Chávez, Ricardo Andrés Toledo González, y Juan Alberto Jorquera Sierra, por peligro para la seguridad de la sociedad. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-836-2025.
Texto Completo (Preview)
Fecha: cinco de diciembre de dos mil veinticinco Sala: Primera Rol Corte: Penal-836-2025 Ruc N°: 2501710142-3 Rit N°: O-9141-2025 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: ministro señor Carlos Meneses Coloma, ministra señora Aída Osses Herrera y ministra señora Erika Villegas Pavlich Relatora (I): Anita Niculcar Solís Defensora Penal Publica: Francisca Acevedo Leyton Abogado Asesor
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