LOGROS SERVICIOS FINANCIEROS SPA/HURTADO VALENZUELA SPA
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente: Que, revisados los antecedentes, y atendida la naturaleza ejecutiva del procedimiento, no se divisa fundamento suficiente que justifique la reducción de los embargos previamente trabados, desde que éstos fueron decretados conforme a derecho, recayendo sobre bienes idóneos y sin acreditarse desproporción manifiesta ni afectación ilegítima al ejecutado. En consecuencia, no concurren las exigencias del artículo 445 del Código de Procedimiento Civil para acceder a la reducción solicitada, razón por la cual se acoge el recurso de apelación, revocándose la resolución en alzada y manteniéndose íntegramente los embargos decretados en autos. Comuníquese N°Civil-16197-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de diciembre de dos mil veinticinco. Visto y teniendo únicamente presente: Que, revisados los antecedentes, y atendida la naturaleza ejecutiva del procedimiento, no se divisa fundamento suficiente que justifique la reducción de los embargos previamente trabados, desde que éstos fueron decretados conforme a derecho, recayendo sobre bienes idóneos y sin acreditarse d
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