SIN INFORMACION

PETION OLINE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de doña Oline Petion, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la Resolución Exenta N° 24607543 de 31 de diciembre de 2024, que rechaza su solicitud de residencia definitiva y ordena su abandono del país, vulnerando con ello el derecho a la libertad personal y seguridad individual consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución, así como lo dispuesto en el artículo 21 inciso 3° del mismo texto constitucional. La recurrente señala que ingresó y residió en Chile de manera regular, contando previamente con residencia temporal vigente, y solicitó la residencia definitiva con el fin de establecerse de forma estable, accediendo a mejores condiciones de vida. Añade que la amparada mantiene un trabajo indefinido, integra un núcleo familiar consolidado junto a su cónyuge y a su hija chilena de 7 años, demostrando arraigo social, laboral y familiar. Sin embargo, el Servicio Nacional de Migraciones notificó el rechazo de su solicitud y le ordenó abandonar el territorio nacional, pese a que acompañó oportunamente los documentos requeridos y cumplió con las exigencias legales aplicables. Indica que dicho acto administrativo coloca a la amparada en un estado de vulnerabilidad e indefensión, afectando gravemente su derecho a residir y permanecer en el país, así como los derechos de su hija menor chilena, desconociendo el interés superior del niño y el arraigo familiar existente. Sostiene que la resolución recurrida es arbitraria e ilegal, por carecer de razonabilidad y proporcionalidad, pues no existe fundamento que justifique una medida tan gravosa para la libertad ambulatoria de la amparada, infringiendo además el principio de legalidad y el debido proceso al no considerar los antecedentes presentados ni permitir una adecuada defensa. Solicita que se acoja el presente recurso, dejando sin efecto la Resolución Exenta N° 24607543, ordena

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que, la acción de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución, o a las leyes, o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. SEGUNDO: Que, lo solicitado mediante esta acción es que se ordene al Servicio Nacional de Migraciones dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 24607543 de 31 de diciembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país. TERCERO: Que, de los antecedentes acompañados en esta instancia, consta que la persona amparada cuenta actualmente con documentación que acredita su arraigo familiar en Chile. En efecto, acompaña certificado de matrimonio y certificado de nacimiento de su hijo menor de edad de nacionalidad chilena, circunstancias que transforman en ilegal y desproporcionada la orden de abandono, al no considerar que lo resuelto amenaza la libertad personal de la amparada, toda vez que, de no cumplirse voluntariamente, permite a la autoridad migratoria disponer su expulsión, ocasionando un daño a la extranjera en su desarrollo personal y separación de su núcleo familiar, vulnerando, además, lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 21.325 que establece el principio pro homine, por el cual los derechos que reconoce esa ley serán interpretados según la norma más amplia o extensiva y, por el contrario, cuando se trate de restringir o suspender derechos se interpretará de acuerdo a la norma más restrictiva. Asimismo, debe considerarse el principio de reunificación familiar establecido en el artículo 1° de la Constitución Política de la República, que reconoce a la familia como núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado darle protección, lo que determina que se acoja el presente arbitrio.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de Oline Petion, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se le ordena dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 24607543 de 31 de diciembre de 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país de la amparada; y, en su lugar se dispone que se continúe con el procedimiento de solicitud de regularización migratoria, otorgándole un plazo no inferior a sesenta días, para efectos de acompañar la documentación respectiva, luego de lo cual deberá ser resuelta dicha solicitud conforme a derecho. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-4844-2025.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de diciembre de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de doña Oline Petion, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la Resolución Exenta N° 24607543 de 31 de diciembre de 2024, que rechaza su solicitud de residencia definitiva y ordena su

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