GÓMEZ/PINTO
Rol
Fecha
4 de diciembre de 2025
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
CONFIRMADAS
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la resolución apelada dictada el tres de agosto de dos mil veintitrés, íntegramente trascrita en la carpeta digital bajo folio N°27. Respecto la causa Rol N° 1946-2023. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la resolucion apelada de trece de noviembre de dos mil veinticuatro, íntegramente trascritas en la carpeta digital bajo folio N°56. Respecto la causa Rol N° 1964-2023. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la sentencia apelada dictada el treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, íntegramente trascrita en la carpeta digital bajo folio N° 76. Respecto la causa Rol N° 272-2025. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la resolución apelada de veinticuatro de enero de dos mil veinticinco, íntegramente trascrita en la carpeta digital bajo folio N° 5 del Cuaderno de Incidente General. Respecto la causa Rol N° 391-2025. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la resolución apelada de veintinueve de enero de dos mil veinticinco, íntegramente trascrita en la carpeta digital bajo folio N° 77 del Cuaderno N°2 de Apremio Ejecutivo Obligación de dar. Regístrese y devuélvase. Rol N° 1964-2023 y acumuladas.
Texto Completo (Preview)
Gómez Jopia, Mauricio Andrés Icono SpA y otro Cumplimiento obligación de dar. Rol N° 1964-2023.- (C-1225-2023 del Primer Juzgado de Letras de La Serena) La Serena, cuatro de diciembre de dos mil veinticinco. Respecto la causa Rol N° 1536-2023. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la resolució
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica