ANONIMIZADO
Rol
Fecha
4 de diciembre de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente que al momento de solicitar el procedimiento especial se encontraban vigentes los alimentos provisorios y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada de trece de enero de dos mil veinticinco, dictada por el 4° Juzgado de Familia de Santiago y se declara que el tribunal a quo deberá seguir con la tramitación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 quáter, sin que sea obstáculo para ello lo indicado por la Unidad Especializada de ...
Fallo
se declara que el tribunal a quo deberá seguir con la tramitación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 quáter, sin que sea obstáculo para ello lo indicado por la Unidad Especializada de ...
Texto Completo (Preview)
Alegó revocando la abogada Raquel Arellano Bravo durante 5 minutos. Santiago, cuatro de diciembre de dos mil veinticinco. Al escrito folio 13: téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente que al momento de solicitar el procedimiento especial se encontraban vigentes los alimentos provisorios y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la reso
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