SIN INFORMACION

JORQUERA LAGOS / CORPORACIÓN EDUCACIONAL CURACAVÍ COLLEGE

Rol

Fecha

4 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Juan Antonio Araos Aguirre, abogado, en representación de Cristián Artemio Jorquera Lagos, profesor de historia, domiciliado en Manuel Chessi Nº825, comuna de Melipilla, interpone recurso de protección en contra de la Corporación Educacional Curacaví College, representada por Jorge Francisco Javier Salas Gruhne, ambos domiciliados en Presbítero Moraga Sur Nº450, comuna de Curacaví, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la adopción de medidas disciplinarias en contra de sus hijos Eros, Orión, Fénix e Inti, todos de apellido Jorquera Norambuena, las que vulneran los derechos fundamentales contenidos en los numerales 1, 2, 3, 11 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita que se acoja el presente recurso, dejando sin efecto las medidas disciplinarias denunciadas, con costas. Refiere que los hijos del recurrente antes referidos, cursan segundo año medio, cuarto y séptimo año básico y kindergarten, y que en el contexto de un intercambio de agresiones físicas y verbales entre estudiantes del cuarto básico A y B, su hijo Eros fue suspendido de clases por 3 días, lo que estigmatizó al niño al ser tratado como un delincuente a pesar de su corta edad. Producto de la oposición del recurrente a esta sanción, se inició un proceso disciplinario en contra del menor procediendo la recurrida -el 26 de septiembre de 2025- a aplicar la medida disciplinaria de cambio de apoderado, privándole del derecho a educar a sus hijos. Indica que los hechos descritos han vulnerado la garantía fundamental contenida en el numeral 11 del artículo 19 de la Carta Fundamental ya que se afecta el derecho de los padres a escoger el establecimiento de educación de sus hijos, el numeral 1º del artículo precitado, al afectar la integridad psíquica de éstos, el numeral 2º y 24 de la norma antes referida, ya que al conculcar la posibilidad de poder participar en el proceso educativo de sus hijos, es discriminado, coartando el l

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, el recurso de protección deducido a favor de Cristian Artemio Jorquera Lagos, en contra de la Corporación Educacional Curacaví College. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°3829-2025- Protección

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Que el abogado recurrente Juan Antonio Araos Aguirre, luego de haberse conectado a la sesión de zoom e individualizarse, se desconectó de la misma, sin que volviera a ingresar a la audiencia, a pesar de habérsele llamado a las 10.37 horas y se lo esperara a fin de que se reconectara. San Miguel, 4 de diciembre de 2025. Emil Ibarra Sáez, relator. San Miguel, cuatro de diciembre de dos m

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