JUZGADO DE GARANTIA DE CURICO

M.P. C/ FELIPE IGNACIO YANEZ ORELLANA Y CRISTOBAL REMIGIO GARRIDO ALTAMIRANO

Rol

Fecha

4 de diciembre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

ABANDONADO RECURSO/COMUN.

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de la certificación que antecede y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa privada, en contra de la resolución dictada en audiencia de 26 de noviembre del año en curso, en causa R.I.T. 8945-2025 del Juzgado de Garantía de Curicó, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados Felipe Ignacio Yánez Orellana y Cristóbal Remigio Garrido Altamirano. Comuníquese y devuélvase. Rol 1810-2025/Penal.

Fallo

se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa privada, en contra de la resolución dictada en audiencia de 26 de noviembre del año en curso, en causa R.I.T. 8945-2025 del Juzgado de Garantía de Curicó, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados Felipe Ignacio Yánez Orellana y Cristóbal Remigio Garrido Altamirano. Comuníquese y devuélvase. Rol 1810-2025/Penal.

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Talca, cuatro de diciembre de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de la certificación que antecede y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa privada, en contra de la resolución dictada en audiencia de 26 de noviembre del año en curso, en causa R.I.T. 8945-2025 del Juzgado de Garantía de

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