MUÑOZ PEREZ NELSON DANILO/ SUSESO- COMPIN
Rol
Fecha
4 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente Primero: Que comparece Nelson Danilo Muñoz Pérez, quien interpone personalmente y mediante formulario, acción de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° R-01-UME-131526-2025, de fecha 26 de septiembre de 2025, mediante la cual fueron rechazadas las licencias médicas número 21769292-K, 120680795-0, 121131359-1 y 121636832-7. Señala que dicho rechazo vulnera su derecho a la vida y a la integridad física y psíquica y solicita se ordene la autorización y pago de las licencias médicas reclamadas, así como la adopción de las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho. Segundo: Que evacuó informe Rodrigo Javier Campos Cortés, en representación del Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana y, en tal calidad, de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, solicitando el rechazo de la acción. Expone que la Superintendencia de Seguridad Social confirmó el rechazo de las licencias médicas números 21769292-K, 120680795-0, 121131359-1 y 121636832-7, extendidas por un total de 39 días a contar del 3 de julio de 2025, por diagnostico irrecuperable y agrega que el recurrente registra pensión de invalidez desde el 17 de enero de 2013, según certificado del Instituto de Seguridad Laboral acompañado en sede administrativa, así como una Resolución de Incapacidad Permanente emitida por el Instituto de Seguridad del Trabajo el 6 de septiembre de 2013, que determinó un grado total de incapacidad del 50%, con diagnóstico de trauma ocular izquierdo, depresión severa y policonsumo, secuelas cubiertas por la Ley N° 16.744. Indica que los recursos de reposición presentados por el recurrente fueron desestimados por aportar los mismos antecedentes previamente evaluados, y que la Superintendencia, mediante Resolución Exenta N° R-145572-2025, de 26 de
Fundamentos
motivos que justificaron la mantención del rechazo. No existiendo, entonces, un actuar ilegal o arbitrario en las resoluciones cuestionadas, no se configura el presupuesto necesario para acoger la presente acción constitucional. En efecto, de la resolución impugnada se desprende que los antecedentes acompañados por el recurrente no permitían justificar la extensión del reposo solicitado, desde que el propio expediente administrativo daba cuenta de que el actor registra una pensión de invalidez vigente desde el año 2013 y una Resolución de Incapacidad Permanente que determinó un 50% de incapacidad por patología de base, razón por la cual las licencias fueron rechazadas por diagnóstico irrecuperable. Asimismo, se constató que el informe médico complementario acompañado carecía de fecha, fue presentado de manera incompleta, no describía tratamiento psicofarmacológico durante el periodo reclamado ni acreditaba la existencia de un proceso psicoterapéutico, y que los certificados aportados no consignaban evolución clínica ni elementos que permitieran establecer incapacidad laboral adicional. Tales fundamentos, expresamente consignados por la COMPIN y la Superintendencia de Seguridad Social, evidencian que las decisiones recurridas fueron adoptadas dentro del ámbito de sus competencias técnicas y normativas, conforme a criterios objetivos y a la regulación vigente en materia de licencias médicas, sin configurarse ilegalidad o arbitrariedad en su proceder, motivo por el cual el recurso de protección no puede prosperar.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que disponen el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema se resuelve que: I.- Se rechaza la alegación de improcedencia de la acción. II.- Se rechaza, sin costas, la acción de protección deducido por Nelson Danilo Muñoz Pérez en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° 21619 - 2025 Protección
Texto Completo (Preview)
Santiago, cuatro de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente Primero: Que comparece Nelson Danilo Muñoz Pérez, quien interpone personalmente y mediante formulario, acción de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la Resolución
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica