SIN INFORMACION

COLQUE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES SANTIAGO

Rol

Fecha

4 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece Juan José Navarro Salomón, abogado, en representación de Félix Rafael Colque Cari Cari, de nacionalidad boliviana, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°32606, de 5 de septiembre de 2025, que rechazó la solicitud de residencia definitiva del amparado y dispuso orden de abandono del país. Considera que dicha actuación es ilegal y arbitraria, atendido a que se fundamenta en antecedentes penales que ya fueron eliminados conforme con la legislación boliviana, vulnerando, con ello, el derecho a la libertad personal y seguridad individual consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se deje sin efecto la resolución impugnada y se ordene al recurrido continuar con el procedimiento de regularización migratoria. Informa el Servicio Nacional de Migraciones, al tenor de la acción cautelar interpuesta en su contra. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente funda su recurso señalando que el amparado ingresó a Chile hace aproximadamente diez años por paso fronterizo habilitado junto a su cónyuge, con la intención de establecerse en el país. En el año 2016 realizó su primera solicitud de regularización, obteniendo residencia regular hasta el año 2023, fecha en que se rechazó su solicitud de residencia definitiva mediante Resolución Exenta N°23471984, fundada en la existencia de antecedentes penales en Bolivia por un delito de lesiones leves del año 2006. Indica que dicha resolución fue dejada sin efecto mediante recurso de protección, ordenándose un nuevo estudio de los antecedentes. No obstante, la autoridad migratoria dictó la resolución ahora impugnada, reiterando la misma causal de rechazo, pese a que el amparado acredita haber completado satisfactoriamente el proceso de eliminación de sus antecedentes penales conforme con la legislación boliviana. Sostiene que la resolución vulnera el principio non bis in ídem, consagrado en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la Convención Americana de Derechos Humanos, toda vez que la condena que motiva el rechazo ya fue cumplida y los antecedentes eliminados. Asimismo, argumenta que la autoridad no ponderó adecuadamente el arraigo familiar del amparado en Chile, quien tiene un hijo de nacionalidad chilena de siete años de edad y una cónyuge titular de residencia definitiva, contraviniendo así el principio de reunificación familiar contemplado en el artículo 19 de la Ley N°21.325, el interés superior del niño establecido en la Convención Internacional de los Derechos del Niño, y el deber constitucional de protección a la familia consagrado en el artículo 1 de la Carta Fundamental. Estima que la resolución impugnada perturba y amenaza la libertad ambulatoria del amparado, impidiéndole residir y permanecer en el territorio nacional, forzándolo a abandonar el país bajo apercibimiento de expulsión, separándolo de su núcleo familiar sin justificación suficiente. Finalmente, solicita que se acoja el recurso y, en su mérito, se deje sin efecto la Resolución Exenta N°32606, de 5 de septiembre de 2025, y se ordene al Servicio Nacional de Migraciones continuar con el procedimiento de regularización migratoria del amparado, considerando las nuevas circunstancias relativas a la eliminación de sus antecedentes penales. SEGUNDO: Que evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción constitucional de amparo, argumentando que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su procedencia, al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal. Expone que el 26 de septiembre de 2020 Félix Rafael Colque Cari Cari, de nacionalidad boliviana, solicitó el beneficio migratorio de residencia definitiva ante el Servicio Nacional de Migraciones. Agrega que el 30 de noviembre de 2023, dicha solicitud fue rechazada mediante R

Fallo

por tanto un deber constitucional que debe cumplir cualquier órgano del Estado, en el ejercicio de sus potestades, sean regladas o discrecionales. QUINTO: Que tales atribuciones conforman una herramienta de la autoridad administrativa que se caracteriza por otorgar un margen acotado de libertad para decidir de una manera u otra, pero no obstante ello, jamás puede invocarse para encubrir una arbitrariedad que prive, perturbe o amenace los derechos fundamentales de alguna persona, pues por aplicación del artículo 6° de la Constitución Política de la República, la autoridad está obligada a respetar todas las normas del texto constitucional, entre las que se incluye el derecho a la libertad personal y al debido proceso. SEXTO: Que, atendiendo a estos conceptos, y para lo que ha de resolverse, es preciso indicar que el fundamento de hecho del acto administrativo recurrido, es decir, la Resolución Exenta Nº32606, de 5 de septiembre de 2024, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó la solicitud de residencia efectuada por la amparada y dispuso su abandono del país en el plazo de 15 días contados desde la notificación de la resolución recurrida, así como también una prohibición de ingreso al territorio nacional, por un plazo de 5 años contado desde el cumplimiento de la orden de abandono decretada, obedece a ”Que, en virtud de los antecedentes analizados por esta Autoridad, el extranjero no cumple con los requisitos que lo habilitan para obtener el beneficio imp

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a cuatro de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Comparece Juan José Navarro Salomón, abogado, en representación de Félix Rafael Colque Cari Cari, de nacionalidad boliviana, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°32606, de 5 de septiembre de 2025, que rechazó la solicitud de residencia definitiva de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica