SIN INFORMACION

MARTINEZ CARRASCO / MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO

Rol

Fecha

4 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Franco Esteban Martínez Carrasco, abogado, domiciliado en Avenida Salvador Allende N°3501, esquina Avenida Central Cardenal Raúl Silva Henríquez, comuna de Lo Espejo, interpone recurso de protección en contra de la Municipalidad de Lo Espejo, representada por su Alcaldesa doña Javiera Paz Reyes Jara, en contra de Ordinario N°600/34/38/580/2025 de 18 de junio de 2025 que rechazó la ocupación de bien nacional de uso público y le informó que debía retirar la estructura metálica en un plazo de quince días hábiles desde la notificación, pues de lo contrario se tomarían las medidas pertinentes. Señala que hace años, con autorización verbal del entonces alcalde don Miguel Bruna, instaló un cierre perimetral de fierro de aproximadamente un metro de altura en la esquina de su propiedad, donde funcionan una farmacia denominada “Nefres” y una rotisería heladería de su cónyuge, ubicado en la intersección de las referidas vías. Expone que antes de dicho cierre se adosaban vehículos al muro del local para usarlos como plataforma y acceder a los techos y sustraer equipos de aire acondicionado, que se retiraron planchas de zinc para ingresar a la farmacia y robar, y que la esquina operaba como punto ciego donde se escondían delincuentes para asaltar a transeúntes, además de ser utilizada como baño público y lugar de acopio de escombros y basura, con graves molestias por malos olores e inseguridad para su familia, los locatarios y la clientela. Indica que el cierre perimetral fue solicitado al municipio precisamente para impedir el estacionamiento indebido de vehículos, la instalación de feriantes en la vereda y la calle, la comisión de delitos y el uso del frontis como basurero y lugar para satisfacer necesidades fisiológicas. Refiere que el 17 de julio de 2025 recibió carta de la Municipalidad de Lo Espejo suscrita por la Alcaldesa, mediante la cual se le comunica que, en virtud de información técnica, no es posible acceder a lo solicit

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Franco Esteban Martínez Carrasco en contra de la I. Municipalidad de Lo Espejo. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°2846-2025 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cuatro de diciembre de dos mil veinticinco A los escritos folios N°s 16 y 17: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Franco Esteban Martínez Carrasco, abogado, domiciliado en Avenida Salvador Allende N°3501, esquina Avenida Central Cardenal Raúl Silva Henríquez, comuna de Lo Espejo, interpone recurso de protección en contra de la Municipalidad de Lo Espejo, represe

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