GUERRA GUERRA YEAN MAURICIO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
4 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece Humberto Romero Fuentes, abogado, Defensor Penal Público Penitenciario, interpone recurso de amparo a favor de Yean Mauricio Guerra Guerra, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado. Sostiene que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional, ha determinado que el amparado permanezca privado de su libertad ambulatoria en forma ilegal y arbitraria, toda vez que ha exigido requisitos que exceden aquellos fijados en el Decreto Ley N° 321 de 1925, y sus modificaciones. Solicita, que se deje sin efecto la resolución recurrida y se le otorgue al amparado el beneficio de libertad condicional. A folio 6, informa la autoridad penitenciaria, remitiendo los antecedentes de postulación del amparado. A folio 8, informa la Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que los
Fundamentos
motivos por los cuales el beneficio fue desestimado que constan en la resolución que se impugna por esta vía y cuya copia acompaña. A folio 9, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por esta vía extraordinaria se cuestiona la legalidad de la resolución por medio de la cual la recurrida no concedió el beneficio de la libertad condicional al amparado, por las razones que en ella se indican. Segundo: Que, la recurrida se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio de libertad condicional, conforme con lo previsto por el artículo 5 del Decreto Ley N° 321, cuya redacción actual fue introducida por la Ley N° 21.627, publicada en el Diario Oficial el 9 de noviembre de 2023. Tercero: Que, la decisión de la Comisión se encuentra debidamente fundada en los antecedentes proporcionados por la autoridad penitenciaria, institución que ha entregado a un experto la redacción del informe contemplado y ordenado por el artículo 4° del aludido cuerpo normativo. En efecto, en tal informe se advierte que el amparado presenta mantiene compromiso delictual y riesgo de reincidencia medios, con factores de riesgo pendientes de intervención en las áreas de pares y actitud y orientación procriminal, en plan de intervención de febrero de 2025, sin beneficios intrapenitenciarios que permitan observar su conducta extramuros, en estado contemplativo, la sugerencia de Gendarmería es que continúe intramuros. Cuarto: Que, de este modo, al dictar la resolución impugnada, en cuyo texto constan las razones para fundamentar su negativa, la Comisión no ha infringido la normativa precitada, por lo que no existe antecedente alguno que dé cuenta que la recurrida haya actuado de forma ilegal, vulnerando la garantía constitucional del artículo 19 N° 7 letra b), motivo por el cual la presente acción será rechazada.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, la acción de amparo deducida en favor de Yean Mauricio Guerra Guerra en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Decisión acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Eduardo Morales Espinosa, quien estuvo por acoger el recurso considerando que la decisión adoptada por la Comisión se tornó ilegal al exigir requisitos que exceden lo establecido en el Decreto Ley 321 de 1925 y sus modificaciones, vulnerando el derecho a la libertad ambulatoria del amparado, atendido a que el interno presenta avances en el programa de intervención, según el informe psicosocial ha participado activamente en las diferentes actividades de dicho programa, adecuada adherencia al régimen intrapenitenciario, buen desempeño en el ámbito laboral, cursando enseñanza media intramuros, asistiendo regularmente a sus clases. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-4602-2025. En Valparaíso, cuatro de diciembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de diciembre de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparece Humberto Romero Fuentes, abogado, Defensor Penal Público Penitenciario, interpone recurso de amparo a favor de Yean Mauricio Guerra Guerra, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado. Sostiene que lo resuelto por la
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