JUZGADO DE GARANTIA DE QUILPUE

MINISTERIO PUIBLICO C/ LUCAS ANDRE QUINTANILLA GODOY

Rol

Fecha

4 de diciembre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, en virtud de sus propios

Fundamentos

fundamentos y conforme con lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Lucas Quintanilla Godoy. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Bluck, quien fue del parecer de revocar la resolución en alzada, estimando que una o más de las medidas cautelares contempladas en el artículo 155 del Código Procesal Penal son suficientes para asegurar los fines del procedimiento, sobre todo considerando la conducta colaborativa que ha desplegado el imputado y la ausencia de antecedentes penales. Notifíquese, devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-3364-2025. En Valparaíso, cuatro de diciembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jepv. C.A. de Valparaíso. bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a cuatro de diciembre de dos mil veinticinco, siendo las 10:27 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra señora Teresa Carolina Figueroa Chandía e integrada por la Ministra señora Nancy Bluck Baham

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