JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

MP C/ RAUL ALBERTO ARRIOLA CASTILLO

Rol

Fecha

3 de diciembre de 2025

Materia

PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y de lo expuesto por los intervinientes, se desprende que el sentenciado registra una única condena penal, lo que no revela un patrón delictual, circunstancia a considerar al momento de evaluar la mantención del beneficio. Si bien se verifican incumplimientos a la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, estos no revisten la entidad exigida por el artículo 25 de la Ley N° 18.216 para estimarlos graves y reiterados, requisito indispensable para su revocación. Asimismo, debe considerarse que el sentenciado ha demostrado una intención real de dar cumplimiento al plan de intervención, desde que mantuvo un trabajo estable, lo que constituye un indicador positivo de reinserción, acreditándose que su cónyuge presenta un embarazo de alto riesgo debiendo mantener reposo absoluto, situación que derivó en que el condenado se viera compelido a dejar su trabajo fuera de la zona trasladándose junto a su familia. Conforme se sostiene, no es posible obviar la situación familiar y laboral a la hora de ponderar los incumplimientos, lo que, además, el juez a quo no justificó adecuadamente. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la Ley artículo 37 de la Ley Nº 18.216, se revoca, sin costas la resolución apelada de diecisiete de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, y en su lugar se mantiene vigente el beneficio de libertad vigilada intensiva otorgado al sentenciado, debiendo Gendarmería de Chile continuar el plan de intervención. Notifíquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-3280-2025.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la Ley artículo 37 de la Ley Nº 18.216, se revoca, sin costas la resolución apelada de diecisiete de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, y en su lugar se mantiene vigente el beneficio de libertad vigilada intensiva otorgado al sentenciado, debiendo Gendarmería de Chile continuar el plan de intervención. Notifíquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-3280-2025.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a tres de diciembre de dos mil veinticinco, se da inicio a esta audiencia a las 12:35 horas, ante la Tercera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra María del Rosario Lavín Valdés e integrada por la Ministra señora María Cruz Fierro Reyes y el Abogado Integrante señor Guillermo Oliver Calderón,

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