SOLICITANTE: NESTOR PATRICIO JERIA CID
Rol
Fecha
3 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: De la sentencia en alzada se reproduce sólo su parte expositiva eliminándose en todo lo demás. Y, SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO: Que, el abogado Claudio Andrés García Lobos, en representación de don Néstor Patricio Jeria Cid, deduce recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de fecha 28 de marzo de 2024, dictada por el Primer Juzgado Civil de Concepción en la Causa Rol N° V-101-2023, la cual rechazó la solicitud de reclamación judicial interpuesta en contra de la Resolución Exenta N°2745 de 23 de enero de 2023 del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCEI). El tribunal a quo fundamentó su rechazo en que, según el mérito de los antecedentes, y específicamente lo consignado en la factura electrónica, el vehículo STATION WAGON marca BMW, modelo X2 SDRIVE 18D 2.0 AUT., año 2021, fue subastado "sólo para chatarra con prohibición de circular" y que la anterior Placa Patente única (PPU) - PHPB.64-0- fue cancelada. El recurrente solicita la revocación de dicha sentencia, argumentando que incurrió en "graves errores judiciales y omisiones de análisis de pruebas", al no valorar el Informe Pericial de Carabineros S.E.B.V. y demás pruebas, las cuales demostraron que el vehículo en cuestión goza de integridad y funcionalidad, y que su identificación es única y corresponde al vehículo previamente inscrito con PPU PHPB.64-0. SEGUNDO: Que, la reclamación judicial contra la denegación administrativa de inscripción vehicular se rige por el artículo 49 del D.F.L. N° 1 - que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito- norma que reitera el mandato establecido previamente en el artículo único de la Ley N°19.071. Dicho precepto legal confiere al Juez la facultad de conocer por vía de reclamación o solicitud directa, estableciendo la obligación perentoria de recabar, antes de resolver, un informe técnico del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para determinar los datos identificatorios del vehíc
Fallo
Por estas consideraciones, citas legales y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 49 del D.F.L. N°1 de 2007 (Ley de Tránsito), artículos 5, 10, 21 y 22 del Decreto Supremo N°1.111 de 1984 del Ministerio de Justicia, y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que: se revoca la sentencia definitiva de fecha veintiocho de marzo de dos mil veinticuatro, que rechazó la solicitud de folio 1 y en su lugar se dispone que SE ACCEDE a dicha solicitud y, en consecuencia, se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación que proceda a inscribir en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados el vehículo tipo STATION WAGON, marca BMW, modelo X2 SDRIVE 18D 2.0 AUT, color blanco, año 2021, número de motor 52135880, número chasis WBAYL510XL5P76341, combustible diésel, peso bruto vehicular 2.115 kilos, placa patente provisoria SJYK.41-5, a nombre de Néstor Patricio Jeria Cid, RUT 9.362.107-7. Debiendo el Servicio de Registro Civil e Identificación asignar la placa patente única definitiva que corresponda al vehículo Regístrese y devuélvase. Redactada por la ministra suplente Jimena Cecilia Troncoso Sáez. N°Civil-1158-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción xsr Concepción, a tres de diciembre de dos mil veinticinco. VISTO: De la sentencia en alzada se reproduce sólo su parte expositiva eliminándose en todo lo demás. Y, SE TIENE EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO: Que, el abogado Claudio Andrés García Lobos, en representación de don Néstor Patricio Jeria Cid, deduce recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de
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