SIN INFORMACION

HAUSEN MUÑOZ LUIS ALBERTO/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y OTRO

Rol

Fecha

3 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece don Luis Alberto Hausen Muñoz, chileno, quien interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° R-01-UNAAD-99401-2025, de fecha 21 de julio de 2025, que confirmó el rechazo de las licencias médicas N°s 112744142-8, 113968871-2 y 116719829-1, extendidas a su favor, vulnerando con ello las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N°s 1 y 24 de la Constitución Política de la República. El recurrente expone que fue diagnosticado con trastorno del disco lumbar con radiculopatía, confirmado mediante un examen de TAC que reveló discopatía degenerativa L4-L5 y L5-S1, con protusiones discales y leve espondiloartrosis lumbar baja, patología que le provoca dolor moderado a severo e impide el normal desempeño de sus funciones como trabajador albañil. Indica haber sido atendido por diversos médicos del Cesfam Dr. Juan Carlos Baeza de Viña del Mar, quienes le otorgaron licencias médicas sucesivas que fueron rechazadas por la COMPIN Viña del Mar – Quillota, decisión que posteriormente fue confirmada por la Superintendencia de Seguridad Social mediante la resolución recurrida. Añade que la autoridad administrativa no fundamentó adecuadamente su decisión, limitándose a consignar que el reposo no cumplía función terapéutica, sin realizar evaluaciones médicas complementarias ni recabar antecedentes clínicos que justificaran el rechazo, infringiendo así los principios de fundamentación y juridicidad consagrados en los artículos 6° y 7° de la Constitución y en los artículos 11 y 41 de la Ley N°19.880. Sostiene que tal actuación es ilegal y arbitraria, y que le ha causado perjuicios graves, tanto físicos como psíquicos, al impedir su recuperación y privarlo del pago del subsidio por incapacidad laboral, afectando sus derechos a la integridad física y psíquica y a la propiedad. Solicita que se acoja el recurso, deje sin e

Fundamentos

Considerando: I. - En cuanto a la alegación de extemporaneidad deducida por la Superintendencia de Seguridad Social: Primero: Que, tal alegación será desestimadas, teniendo únicamente presente que el acto que se califica de ilegal y arbitrario perdura hasta la fecha y produce efectos de carácter permanente en el patrimonio de la recurrente, motivo por el cual se concluye que el recurso ha sido interpuesto dentro del término de treinta días establecido en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y

Fallo

Fallo del Recurso de Protección. II .- En cuanto a la alegación de improcedencia deducida por la Superintendencia de Seguridad Social: Segundo: Que, dicha alegación será desestimada, toda vez que, si bien el conocimiento y resolución de las licencias médicas pertenece al campo de la seguridad social, mediante la conducta que se estima como vulneratoria, también se afectan garantías que sí se encuentran tuteladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, tales como la igualdad ante la ley y en este caso en particular del actor estima vulnerada su integridad física y psíquica. III.- En cuanto al fondo Tercero: Que, la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental. Cuarto: Que por medio de esta vía cautelar se denuncia como ilegal y arbitraria, la Resolución Exenta N° 01-UNAAD-99401-2025 de 21 de julio de 2025, dictada por la Superintendencia de Seguridad Social, que confirmó el rechazo de las licencias médicas del actor por diagnostico irrecuperable. Quinto: Que, para resolver acerca de la arbitrariedad o ilegalidad de la Resolución Exenta, que confirmó el rechazo de la de las licencias médica N°s 112744142-8, 113968871-2 y 116719829-1, extendidas por 9

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, tres de diciembre de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparece don Luis Alberto Hausen Muñoz, chileno, quien interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° R-01-UNAAD-99401-2025, de fecha 21 de julio de 2025, que confirmó el rechazo de

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