TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTA CRUZ

MP C/ MAXIMILIANO ANDRES LIRA CATALAN

Rol

Fecha

3 de diciembre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1.- Que, se recurre por la defensa del condenado David Emilio Lobos Moscoso contra la sentencia dictada con fecha 3 de octubre de 2025, en la parte que no concedió la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, estimando que su representado cumple con todos los requisitos para acceder a ella. 2.- Que, si bien el encartado fue condenado a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo y le fue reconocida la circunstancia atenuante establecida en el artículo 11 N° 6 del Código Penal, el tribunal a quo estimó que no cumple con el requisito establecido en el numeral 2 del artículo 15 de la Ley 18.216 al que se remite el artículo 15 bis de la citada ley. 3.- Que, la norma recién referida exige una ponderación de los antecedentes sociales y características de personalidad del condenado, su conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito, que permitan al juez considerar que una intervención individualizada de conformidad al artículo 16 de esta ley, parece eficaz en el caso específico, para su efectiva reinserción social. 4.- Que, en tal contexto, se comparte los argumentos del tribunal a quo en cuanto que, en la especie, no concurre dicho presupuesto desde que el sentenciado cuenta con dos condenas posteriores a los hechos de esta causa, a saber, en la causa RIT 1589-2023 seguida ante el Juzgado de Garantía de Santa Cruz, y en causa RIT 28-2025 del Tribunal de Juicio Oral de Santa Cruz, encontrándose cumplida la pena impuesta en la primera de ellas y, en la segunda, le fue concedida pena sustitutiva de remisión condicional. 5.- Que, además, debe destacarse que los hechos que motivaron la causa RIT 28-2025 son anteriores a los que motivaron la presente y, aquellos sancionados en la causa RIT 1589-2023 son posteriores a éstos. Lo anterior cobra especial relevancia, desde que otros procesos penales -con las consecuencias que ellos acarrean- no han sido suficientes para disuadir al s

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C.A. de Rancagua Rancagua, tres de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: 1.- Que, se recurre por la defensa del condenado David Emilio Lobos Moscoso contra la sentencia dictada con fecha 3 de octubre de 2025, en la parte que no concedió la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, estimando que su representado cumple con todos los requisitos para acceder a ella. 2.- Que, si bien el en

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