JUZGADO DE GARANTIA DE GRANEROS

MP/BORIS AQUILES CARO PAVEZ

Rol

Fecha

3 de diciembre de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA, INTIMIDACION DE VEHICULO MOTORIZADO

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1.- Que, se recurre contra la resolución de fecha 26 de noviembre del año en curso, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Boris Aquiles Caro Pavez, por estimar que existen antecedentes que permitirían modificar la calificación jurídica del delito que se le atribuye, de un delito de robo con intimidación, a uno de hurto de vehículo. 2.- Que, en primer término, lo debatido por la defensa del imputado ya se tuvo en consideración tanto por el tribunal a quo, como por esta Corte, al conocer de los autos Rol 1266-2025, en que se confirmó la decisión del juez del grado, por compartir sus argumentos, sobre todo en lo que dice relación con que, al existir versiones contradictorias de testigos, prefirió la declaración de la víctima, en cuanto a que habría sido intimidada para sustraerle su vehículo, y explicó que es una circunstancia extraordinaria que se deje un vehículo estacionado en la vía pública con las puertas abiertas y, además, con las llaves puestas. 3.- Que, de esta manera, lo alegado por la defensa no pasa de ser una teoría del caso sin una corroboración suficiente y, por tanto, no permite desvirtuar el relato de la víctima, en la forma pretendida por la defensa del encartado. 4.- Que, en consecuencia, no habiéndose invocado por la defensa antecedentes diversos de los ya valorados en audiencias precedentes, que permitan sostener que han variado las circunstancias que se tuvieron en vista al decretar la medida cautelar de prisión preventiva, se confirmará la resolución en alzada, según se dirá. Por lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco, dictada en causa RIT 2326-2025, del Juzgado de Garantía de Graneros, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Boris Aquiles Caro Pavez. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 1350-2025 Penal.

Fallo

por tanto, no permite desvirtuar el relato de la víctima, en la forma pretendida por la defensa del encartado. 4.- Que, en consecuencia, no habiéndose invocado por la defensa antecedentes diversos de los ya valorados en audiencias precedentes, que permitan sostener que han variado las circunstancias que se tuvieron en vista al decretar la medida cautelar de prisión preventiva, se confirmará la resolución en alzada, según se dirá. Por lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco, dictada en causa RIT 2326-2025, del Juzgado de Garantía de Graneros, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Boris Aquiles Caro Pavez. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 1350-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, tres de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: 1.- Que, se recurre contra la resolución de fecha 26 de noviembre del año en curso, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Boris Aquiles Caro Pavez, por estimar que existen antecedentes que permitirían modificar la calificación jurídica del delito que se le atribuye, de un delito de robo con in

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