JUZGADO DE GARANTIA DE VILLARRICA

JORGE LUIS AVENDANO POLANCO C/ BARBARA WEBER KUNSTMANN

Rol

Fecha

3 de diciembre de 2025

Materia

CALUMNIA (ACCION PRIVADA). ART. 412 AL 415.

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de la certificación precedente y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado don Jorge Luis Avendaño Polanco, en contra de la resolución de fecha 16 de septiembre de 2025 que no dio lugar a la solicitud de nulidad de audiencia de 29 de agosto de 2025. Devuélvase. N°Penal-1296-2025. (csd)

Fallo

se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por el abogado don Jorge Luis Avendaño Polanco, en contra de la resolución de fecha 16 de septiembre de 2025 que no dio lugar a la solicitud de nulidad de audiencia de 29 de agosto de 2025. Devuélvase. N°Penal-1296-2025. (csd)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, tres de diciembre de dos mil veinticinco. A la presentación de folio 16: téngase presente. A la presentación de folio 7: atendido que la solicitud de suspensión de la vista no cumple con el requisito temporal previsto en el inciso final del artículo 357 del Código Procesal Penal, en cuanto el escrito no fue ingresado dentro del plazo allí establecido, NO HA LUGAR a lo soli

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