JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ MIGUEL ANGEL CHAVOL GUERRERO

Rol

Fecha

2 de diciembre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación verbal deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva vigente en contra del imputado imponiendo una caución de $1.000.000. 2º) Que en cuanto a la solicitud de inadmisibilidad planteada por la defensa en estrados del presente recurso fundada en que la apelación verbal respecto de una sustitución de una prisión preventiva por caución no está contenido dentro de los presupuestos establecidos en el artículo 149 del Código Procesal Penal, aquella no puede prosperar toda vez que la resolución en alzada importa, en la práctica, una modificación en la modalidad de sustitución de la medida cautelar señalada que se enmarca dentro de los verbos rectores indicados en la norma en comento, concretamente en una revocación, rechazándose la solicitud en cuestión. 3°) En cuanto al fondo del asunto, y del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye al imputado, no existiendo una variación sustancial de estos presupuestos desde la última revisión efectuada en autos ni una corroboración de la tesis alternativa de la defensa en los antecedentes que constan en la carpeta investigativa. 4°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza del delito por la cual fue formalizada la presente investigación, esto es, tráfico ilícito de estupefacientes del artículo 3 de la ley 20.000, la forma de comisión del mismo, la existencia de anteceden

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de fecha dos de diciembre del año dos mil veinticinco, dictada por el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Rolando Diaz Coloma respecto del imputado Miguel Ángel Chavol Guerrero, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva en su contra. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 1442-2025.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, dos de diciembre de dos mil veinticinco Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación verbal deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva vigente en contra del imputado imponiendo una caución de $1.000.000. 2º) Que en cuanto a la so

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica