1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ATENTO CHILE S.A./INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO

Rol

Fecha

2 de diciembre de 2025

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de primero de octubre de dos mil veinticuatro, en causa RIT I-369-2024, caratulada "Atento Chile S.A. con Inspección Provincial del Trabajo de Santiago" del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se rechazó en todas sus partes la reclamación judicial interpuesta por Atento Chile S.A. contra la Resolución de Multa N°0967/24/10 de veinticinco de abril de dos mil veinticuatro, emitida por la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago, manteniendo íntegramente la multa de 60 UTM. Contra dicho fallo recurrió la parte reclamante por la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, que la sentencia se dictó con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, pidiendo la invalidación del fallo y la dictación de uno de reemplazo que acoja la reclamación en todas sus partes. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Y

Fundamentos

considerando: Primero: Que recurre de nulidad la parte reclamante invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, específicamente por infracción al artículo 152 quáter o ter numeral 1° del Código del Trabajo en relación con el artículo 506 del mismo cuerpo legal. Sostiene que el sentenciador realizó una interpretación errada de la norma al considerar que la propuesta alternativa ofrecida por el empleador frente a la solicitud de teletrabajo constituiría un rechazo parcial, sujeto

Fallo

fallo recurrió la parte reclamante por la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, que la sentencia se dictó con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, pidiendo la invalidación del fallo y la dictación de uno de reemplazo que acoja la reclamación en todas sus partes. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Y considerando: Primero: Que recurre de nulidad la parte reclamante invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, específicamente por infracción al artículo 152 quáter o ter numeral 1° del Código del Trabajo en relación con el artículo 506 del mismo cuerpo legal. Sostiene que el sentenciador realizó una interpretación errada de la norma al considerar que la propuesta alternativa ofrecida por el empleador frente a la solicitud de teletrabajo constituiría un rechazo parcial, sujeto por tanto a la exigencia de acreditar que la naturaleza de las funciones de la trabajadora no permite la modalidad solicitada. Argumenta que el artículo 152 quáter o ter numeral 1° establece expresamente dos opciones para el empleador al responder una solicitud de teletrabajo: ofrecer una fórmula alternativa o rechazar la propuesta, agregando el legislador como requisito adicional únicamente para este último caso la obligación de acreditar que la naturaleza d

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Santiago, dos de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: Por sentencia de primero de octubre de dos mil veinticuatro, en causa RIT I-369-2024, caratulada "Atento Chile S.A. con Inspección Provincial del Trabajo de Santiago" del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se rechazó en todas sus partes la reclamación judicial interpuesta por Atento Chile S.A. contra la Resolución de Multa N

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