CARRASCO/4° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
2 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que el 30 de octubre de 2025, comparece la abogada doña Valeria Jelvez Gallegos, en representación de don Rodrigo Zegers Reyes y don Braulio Carrasco Hinojosa, deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución de 28 de octubre de 2025, dictada por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT 329-2025, RUC 2510002387-6, que declaró admisible el recurso de apelación interpuesto por la parte querellante en contra de la resolución de fecha 22 de octubre del mismo año, la cual reguló el monto de las costas personales de la causa a las cuales fue condenada. Expone que el 5 de septiembre de 2025, a solicitud de la defensa y apoyada por el Ministerio Público, se decretó el sobreseimiento definitivo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal, con expresa condena en costas, resolución que no fue recurrida, encontrándose firme y ejecutoriada. Agrega que el 22 de octubre de 2025, se realizó audiencia de tasación de costas, con la ausencia del querellante, quien no compareció pese a estar notificado, regulándose las mismas en $10.000.000. Funda su pretensión señalando que la resolución impugnada concedió un recurso de apelación improcedente. Argumenta que la resolución que fija el monto de las costas (tasación) no se encuentra dentro de las hipótesis taxativas del artículo 370 del Código Procesal Penal, toda vez que no pone término al procedimiento, no hace imposible su prosecución ni lo suspende por más de treinta días. Asimismo, alega la inexistencia de agravio, dado que la parte querellante, estando debidamente notificada, no compareció a la audiencia de tasación de costas. Finalmente, arguye que la petición concreta del recurso de apelación es improcedente, y lo que a su juicio se pretende revisar una decisión que se encuentra firme y ejecutoriada, de la cual no apeló de forma oportuna. Pide revocar la resolución recurrida de hecho y en su lugar declarar improcedente el recurso de ape
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por la abogada doña Valeria Jelvez Gallegos, en representación de don Rodrigo Zegers Reyes y don Braulio Carrasco Hinojosa, en contra de la resolución de veintiocho de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT 329-2025, RUC 2510002387-6, que concedió el recurso de apelación deducido en contra de aquella de veintidós de octubre del presente año. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Déjese y agréguese copia del presente fallo en el Ingreso Corte Nro. 5748-2025 (Penal). N°Penal-5738-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de diciembre de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que el 30 de octubre de 2025, comparece la abogada doña Valeria Jelvez Gallegos, en representación de don Rodrigo Zegers Reyes y don Braulio Carrasco Hinojosa, deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución de 28 de octubre de 2025, dictada por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago en c
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