MP C/ JOSE EDUARDO SALGADO GONZALEZ
Rol
Fecha
2 de diciembre de 2025
Materia
RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS
Resultado
REVOCADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, teniendo en consideración que, si bien, se constata la existencia de un incumplimiento grave a la pena sustitutiva otorgada al condenado José Eduardo Salgado González, habida cuenta que la resolución apelada corresponde a la primera oportunidad en que se discutía la mantención de la misma y conforme a los fines resocializadores que inspiran la Ley 18.216, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 N°1 de dicho cuerpo legal, se intensificará conforme se dirá en lo resolutivo. Por la anterior consideración y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal y 37 de la Ley N°18.216, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de 30 de octubre de 2025, dictada causa R.I.T. 2108-2023 del Juzgado de Garantía de Talca, que revocó la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna y dispuso su cumplimiento efectivo al condenado José Eduardo Salgado González y, en su lugar, se declara que se intensifica la misma, por la de reclusión parcial nocturna en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca. Acordada con el voto en contra del ministro Gerardo Bernales Rojas, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, compartiendo los
Fundamentos
fundamentos expresados por la jueza a quo. Devuélvase. N°Penal-1684-2025.
Fallo
se declara que se intensifica la misma, por la de reclusión parcial nocturna en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca. Acordada con el voto en contra del ministro Gerardo Bernales Rojas, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, compartiendo los fundamentos expresados por la jueza a quo. Devuélvase. N°Penal-1684-2025.
Texto Completo (Preview)
Talca, dos de diciembre de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, teniendo en consideración que, si bien, se constata la existencia de un incumplimiento grave a la pena sustitutiva otorgada al condenado José Eduardo Salgado González, habida cuenta que la resolución apelada corresponde a la primera oportunida
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