ISLANDE LINDOR /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
2 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece Lygens Gourdet, en favor de Islande Lindor, de nacionalidad haitiana, interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 25352007, de 25 de junio de 2025, que rechaza la solicitud de permanencia definitiva de la amparada y ordena su abandono del territorio nacional. Actuación que considera ilegal, arbitraria y desproporcionada, ya que fue adoptada sin considerar el cumplimiento de los requisitos migratorios, el arraigo familiar de la amparada con su hija chilena menor de edad, y la existencia de un memorándum de flexibilización documental para ciudadanos haitianos, vulnerando con ello el derecho fundamental a la libertad personal y ambulatoria que la Constitución Política de la República garantiza en su artículo 19 N° 7 letra a), por lo que solicita se deje sin efecto dicha resolución y se ordene continuar con el procedimiento de regularización migratoria. En cuanto a los antecedentes fácticos, el recurrente expone que la amparada, de nacionalidad haitiana, solicitó con fecha 14 de julio de 2022 la permanencia definitiva en Chile, habiendo encontrado en el país mejores oportunidades para desarrollarse como persona y mejorar su calidad de vida. Mediante la resolución impugnada, el Servicio Nacional de Migraciones notificó a la amparada el rechazo de su solicitud, fundamentando su decisión en que "no remite el original del certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado y/o apostillado y no remite copia de la sanción por residir en el país con el permiso de residencia vencido". Al respecto, el recurrente sostiene que la amparada realizó oportunamente el cálculo y pago de la multa por residencia irregular, pagando un total de $161.803, actuando de buena fe en el cumplimiento de sus obligaciones. Asimismo, destaca que con fecha 13 de mayo de 2024 se emitió el memorándum interno N° 1886/2024 que establece la flexibilización de documentos para ciudad
Fundamentos
fundamentos de hecho de la excepción opuesta, la recurrida expone que ya existe un recurso de amparo en tramitación respecto de la misma materia, correspondiente al Rol Amparo N° 4520-2025, de anterior iniciación, el cual consta con un
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 25352007 de fecha 25 de junio de 2025, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones revertir la decisión de rechazar la solicitud de permanencia definitiva y continuar con el procedimiento de regularización migratoria a fin de regularizar la situación de la amparada. Para acreditar sus alegaciones, la parte recurrente adjuntó los siguientes documentos: 1) Resolución Exenta N° 25352007 de fecha 25 de junio de 2025 que rechaza solicitud de visación de la amparada Islande Lindor; 2) Certificados de antecedentes penales; 3) Cédula de identidad de Islande Lindor N° 26.322.597-K; 4) Certificado de nacimiento de Lauria Neisha Saint Victor emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación; y 5) Certificado de residencia. A folio 9, informa el Servicio Nacional de Migraciones, oponiendo excepción de litispendencia. En cuanto a los fundamentos de hecho de la excepción opuesta, la recurrida expone que ya existe un recurso de amparo en tramitación respecto de la misma materia, correspondiente al Rol Amparo N° 4520-2025, de anterior iniciación, el cual consta con un fallo pronunciado que fue apelado y cuyos antecedentes fueron remitidos a la Excelentísima Corte Suprema. Sostiene que en ambas causas el recurrente es Islande Lindor, el recurrido es el Servicio Nacional de Migraciones, y la causa de pedir es idéntica, esto es, dejar sin efecto la Resolución Exe
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, comparece Lygens Gourdet, en favor de Islande Lindor, de nacionalidad haitiana, interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 25352007, de 25 de junio de 2025, que rechaza la solicitud de permanencia definitiva de la amparada y ordena
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