SIN INFORMACION

VENEGAS PEÑA KAREN / LICEO BICENTENARIO DE EXCELENCIA SAN PEDRO

Rol

Fecha

2 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que recurre de protección doña Karen Venegas Peña, en representación de su hija menor de edad M.I.R.V., interpone acción constitucional de protección en contra del Liceo Bicentenario de Excelencia San Pedro, denunciando la ilegalidad y arbitrariedad del proceso disciplinario que culminó con la expulsión de la estudiante, medida que —a su juicio— vulnera las garantías establecidas en el artículo 19 N° 2 y 3 de la Constitución Política de la República, por cuanto no se habría otorgado un debido proceso, existirían deficiencias en la investigación interna y la sanción sería desproporcionada a los hechos imputados. Solicita dejar sin efecto la expulsión y adoptar las medidas necesarias para asegurar la continuidad educativa de la alumna. Segundo: El Director Jurídico de la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención de Menores de Puente Alto, abogado Guillermo Caro Molina, en representación del Liceo Bicentenario de Excelencia San Pedro, evacúa informe solicitando el rechazo íntegro del recurso de protección interpuesto por la apoderada de la estudiante M.I.R.V., con expresa condena en costas. El informe expone que el 12 de agosto de 2025, a las 10:04 horas, se produjo una agresión física entre las estudiantes M.I.R.V. y V.I.A.H., ambas de séptimo año, en el pasillo del primer piso del establecimiento, sector exterior del comedor. El hecho fue grabado y difundido en redes sociales, lo que —según sostiene— generó un grave impacto en la convivencia escolar y puso en riesgo la integridad de las estudiantes y de terceros. Añade que se trataba de un conflicto previo, originado el 7 de agosto, mediante mensajes de Instagram con amenazas e insultos recíprocos, y que dichas comunicaciones demostrarían que ambas alumnas estaban de acuerdo en enfrentarse físicamente. Ese mismo día se notificó la situación a las apoderadas de ambas estudiantes. El establecimiento afirma que estos hechos configuran una falta gravísima conforme al Regla

Fallo

En mérito de lo expuesto, la acción constitucional no puede prosperar. Y teniendo además presente lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Karen Venegas Peña. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-3840-2025.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dos de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que recurre de protección doña Karen Venegas Peña, en representación de su hija menor de edad M.I.R.V., interpone acción constitucional de protección en contra del Liceo Bicentenario de Excelencia San Pedro, denunciando la ilegalidad y arbitrariedad del proceso disciplinario que culminó con la expulsión de l

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