EDSON MOISES NUÑEZ CUEVAS CONTRA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
1 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece VALESKA ORELLANA CÓRDOVA, abogada, y deduce por el condenado EDSON MOISÉS NÚÑEZ CUEVAS recurso de amparo en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL que rechazó la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, ello sin ajustarse a derecho, por lo que su privación de libertad es ilegal y arbitraria. Funda su acción en que el condenado se encuentra cumpliendo las siguientes penas: 41 días + 541 días de presidio menor en su grado medio + 61 días de presidio menor en su grado mínimo + 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo + 61 días de presidio menor en su grado mínimo + 541 días de presidio menor en su grado medio + 3 años de presidio menor en su grado medio + 540 días presidio menor en su grado mínimo., por los siguientes delitos: desacato; femicidio íntimo art. 390 Bis; lesiones graves, amenazas simples contra personas, hurto simple, amenazas simples, lesiones menos graves. Refiere que el inicio de la condena está fechado el 31 de octubre de 2016, con 250 días de abono, proyectando el término de la condena para el 16 de enero de 2027 y que se cumplió con el tiempo mínimo para postular el 31 de mayo de 2023, así como todos los demás requisitos para que se le conceda la libertad condicional, como las características psicosociales exigidos para ello, pues presenta avances en su proceso de reinserción social. Indica que el amparado ha desarrollado en general en todas las labores en que se requiere su cooperación y las cuales son tendientes a su reinserción social, trabaja activamente con personal de Gendarmería, todo lo cual permite un excelente comportamiento y adaptación a la normativa interna del penal, habiendo finalizado su Enseñanza Media, con un título técnico en productos de madera en el C.P de Arica. Además, durante tres años ha sido Coordinador de la Pastoral Católica y ha realizado las siguientes actividades: Aseo y Mantención, Aseo de Escaleras, Retiro de Desechos, Aseo de Pasillos, encontrándose en la ac
Fundamentos
CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el recurso de amparo, previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, tiene por objeto proteger a las personas que ilegal o arbitrariamente sufren cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y/o a la seguridad individual, motivo por el cual y considerando que en definitiva el acto denunciado concierne a aquel en virtud del cual se negó al amparado el beneficio de libertad condicional, corresponderá entonces determinar si, en la especie, la Comisión de Libertad Condicional, al decidir como lo hizo, incurrió efectivamente de modo ilegítimo en alguna vulneración a los derechos fundamentales precedentemente citados. SEGUNDO: Que, examinados los antecedentes que obran en el proceso, fundamentalmente las fichas estadísticas del recurrente, con las que se le postuló al proceso de libertad condicional, se pueden colegir los siguientes hechos: 1.- Que cumple las siguientes penas: 41 días por amenaza, 541 días de presidio menor en su grado medio por lesiones graves, 61 días de presidio menor en su grado mínimo por desacato, 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo por femicidio íntimo art. 390 inciso 2°, 61 días de presidio menor en su grado mínimo por amenazas simples contra personas , 541 días de presidio menor en su grado medio por hurto simple, 3 años de presidio menor en su grado medio por lesiones menos graves y 540 días presidio menor en su grado mínimo por amenazas simples. 2.- Que el recluso, de nacionalidad chilena, 33 años de edad al momento de la postulación, registra como inicio de condena el 31 de octubre de 2016 y como fecha de término de ésta el 16 de enero de 2027, y que el tiempo mínimo para postular lo cumplió el 31 de mayo de 2023, con 250 días de abonos y sin beneficios intrapenitenciarios en la presente condena, restándole 1 año, 3 meses y 15 días de saldo a la fecha de postulación. 3.- Que, el informe de postulación psicosocial de libertad condicional del condenado señala que éste reporta conductas infractoras como menor de edad, sin sanciones intra penitenciarias en la presente condena, lo que le permite acceder a oferta programática. Educacionalmente, finaliza enseñanza media en reclusión con título técnico en madera. Laboralmente, trabajo como panadero tres años, e intramuros, se desempeña como carpintero teniendo una actividad estructurada. Hace un buen uso del tiempo libre en actividades deportivas. Refiere dos amigos pro sociales en libertad y no mantiene amigos en la unidad penal. Refiere que el consumo de drogas fue gatillante en la Comisión del delito, pero actualmente está en abstinencia hace más de cuatro años lo que fue problematizado en el centro de tratamiento de adicciones. Manifiesta suficiente conciencia de delito y del daño reconociéndolo y dimensionándolo con arrepentimiento explícito, sin orientación al delito a la vez que adquiere valores sociales compartidos como familia y trabajo. No tiene
Fallo
Por estas consideraciones y normas legales citadas, y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, del año 1932, se declara: Que SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de EDSON MOISÉS NÚÑEZ CUEVAS. Comuníquese al jefe del Complejo Penitenciario de Arica, por la vía más expedita y notifíquese al condenado por intermedio de Gendarmería de Chile. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. Rol N° 533-2025 Amparo.
Texto Completo (Preview)
Arica, uno de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Comparece VALESKA ORELLANA CÓRDOVA, abogada, y deduce por el condenado EDSON MOISÉS NÚÑEZ CUEVAS recurso de amparo en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL que rechazó la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, ello sin ajustarse a derecho, por lo que su privación de libertad es ilegal y arbitraria. Funda su ac
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica