SIN INFORMACION

FAJARDO MEZA ALAN CRISTIAN / COMISIÓN DE LIBERTDAD CONDICIONAL (CLC)

Rol

Fecha

1 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Valeska Orellana Córdova, abogada y deduce amparo en favor de Alan Fajardo Meza, interno del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por rechazar arbitraria e ilegalmente su postulación al beneficio, pese a cumplir los requisitos del Decreto Ley N°321 de 1925. Señala que Gendarmería informó que reúne las condiciones de tiempo, conducta, trabajo y escolaridad, destacando su participación en talleres, trabajo en el taller Ducasse, conducta “muy buena”, salidas de fin de semana y oferta laboral concreta. Alega que la Comisión exigió estándares no previstos en la ley, como la rehabilitación completa, desconociendo que basta acreditar avances en reinserción social. Solicita se deje sin efecto la decisión y se otorgue la libertad condicional, con informe de la Comisión y del penal Colina I. SEGUNDO: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su Presidenta Ministra señora Sandra Araya Naranjo, quien señaló que el amparado fue postulado por el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I y que mediante resolución de fecha 30 de octubre pasado, por unanimidad de sus miembros, se rechazó la concesión del beneficio correspondiente al segundo semestre de 2025. Refiere que la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile, no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N° 321. TERCERO: Que, la Comisión de Libertad Condicional acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en Formulario Consolidado de Postulación al proceso de libertad condicional, del que se extrae que el interno tiene 35 años de edad, se encuentra calificado con alto compromiso delictual; que actualmente cumple tres condenas de 541 días, una condena de 12 años, y una de 7 años, por los delitos de Robo por sorpresa, Robo con fuerza en lugar habitado, Porte ilegal de arma de fuego, robo con intimidación y homicidio; iniciando su cumplimiento el 8 de noviembre de 2010 y cuyo término se encuentra proyectado para el 30 de septiembre 2033, en tanto que el tiempo mínimo para optar a su libertad condicional lo alcanzará el 8 de diciembre de 2025. Asimismo, consta que fue calificado con conducta intachable durante los seis últimos bimestres de su condena y que a la fecha de la postulación cuenta con dos beneficios intrapenitenciarios vigentes, de salida dominical y salida de fin de semana, ambos concedidos el presente año. Respecto al informe psicosocial, da cuenta dentro de sus conclusiones, que “[e]l condenado registra riesgo de reincidencia alto, estableciéndose la presencia de un alto nivel de riesgo en áreas como familia/pareja y actitud y orientación procriminal. Inicia conducta delictual en etapa adolescente, vinculándose a pares infractores con afán de c

Fallo

Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Alan Fajardo Meza, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y archívese N°Amparo-4728-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de diciembre de dos mil veinticinco. Al escrito folio 7: a todo, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Valeska Orellana Córdova, abogada y deduce amparo en favor de Alan Fajardo Meza, interno del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por rechazar arb

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