SIN INFORMACION

PUEBLA PARDO ANGELICA ANDREA / JUZGADO DE GARANTIA DE SAN ANTONIO

Rol

Fecha

29 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: 1° A folio 1, se recurre de amparo en favor de Angélica Puebla Pardo, privada de libertad en el C.P.F. de Valparaíso, y en contra del Juzgado de Garantía de San Antonio, por el acto arbitrario e ilegal, vulneratorio de las garantías consagradas en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que importaría la dictación de la resolución de 28 de octubre de 2025 en causa RIT 2636-2022 de dicho Tribunal, mediante la cual se rechazó el abono a la pena impuesta de la privación de libertad servida en causa diversa; solicitando que se deje sin efecto la misma, y en su lugar se disponga que se acoge el abono indicado. Funda su arbitrio en que la amparada fue condenada por el delito de tráfico de drogas a la pena de 6 años de presidio, habiendo iniciado su condena el 11 de mayo de 2022, la que termina el 10 de mayo de 2028. Indica, asimismo, que la causa RIT 4047-2019, la amparada estuvo sujeta a la medida de arresto domiciliario total por 747 días, siendo que fue condenada en la misma a 541 días de presidio; razón por la que solicitó el abono del exceso en la causa RIT 2636-2022, por un total de 206 días. Aquello fue debatido en audiencia de 28 de octubre de 2025, siendo rechazado dicho abono por el Tribunal, bajo fundamento que el artículo 348 del Código Procesal Penal no contempla la institución del abono heterogéneo. 2° A folio 4, informa el señor Juez (S) del Juzgado de Garantía de San Antonio, don Javier Arenas Delgado, indicando que en la causa RIT 2636-2022 se condenó a la amparada a la pena de 6 años de presidio como autora del delito de tráfico ilícito de drogas, de cumplimiento efectivo. Indica que el 26 de agosto de 2025, la defensa solicitó el abono heterogéneo en los términos indicados, el que fue rechazado en audiencia de 28 de octubre de 2025, según la resolución que reproduce al tenor literal: “El Tribunal rechazará la solicitud de abono heterogéneo. En primer lugar, se tiene en consideración que los abonos de la causa

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, mediante el presente arbitrio se ataca de ilegalidad de la resolución de 28 de octubre de 2025, dictada en causa RIT 2636-2022 del Juzgado de Garantía de San Antonio, que rechazó el abono a la pena impuesta a la condenada, correspondiente a su privación de libertad en causa diversa. SEGUNDO: Que, se pretende abonar a la condena impuesta en la causa RIT 2636-2022 del Juzgado de Garantía de San Antonio, el lapso de 206 días no imputados a la condena impuesta en la causa RIT 4047-2019 del mismo tribunal, en los que la amparada cumplió arresto domiciliario total. Sin embargo, los hechos por los que fue sentenciada en ambas causas no estaban en condiciones de haber sido juzgados conjuntamente como lo exige el artículo 164 del Código Orgánico de Tribunales, debiendo considerarse, además, que el artículo 348 del Código Procesal Penal, no autoriza considerar abonos provenientes de un proceso diverso, por lo que se desestimará la presente acción constitucional, por no afectarse ilegalmente la libertad del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones, se rechaza la solicitud de reconocimiento de abonos de la defensa.” Finalmente, indica que el abono heterogéneo es una situación fáctica que nuestra legislación procesal penal y penal no contempla, y su recepción jurisprudencial modelaría las conductas de personas que, enfrentadas al dilema de cometer o no un delito, lo cometerán incentivadas por el riesgo de una sanción más benigna, todo lo cual riñe con los fines preventivos generales de la pena que los jueces de garantía en su rol como tribunales de ejecución están llamados a promover. 3° A folio 5, informa la Dirección Regional Valparaíso de Gendarmería de Chile, indicando que la interna habría permanecido en prisión preventiva en causa RIT 4047-2019 del Juzgado de Garantía de San Antonio por 2 días, desde el 27 al 28 de junio de 2017, quedando luego sometida a arresto domiciliario total. Hace presente que la condena en dicha causa, a 541 días, se tuvo por cumplida con el tiempo en que habría pasado privada de libertad en la misma, y hace presente que el abono heterogéneo es una situación que la legislación no contempla, por lo que deberá ser esta Corte la que resuelva si el excedente de los días servidos en la causa referida es susceptible de ser abonado a la condena que se encuentra cumpliendo en el RIT 2636-2022. 4° A folio 6, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, mediante el presente arbitrio se ataca de ilegalidad de la resolución de 28 de oc

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintinueve de noviembre de dos mil veinticinco. VISTO: 1° A folio 1, se recurre de amparo en favor de Angélica Puebla Pardo, privada de libertad en el C.P.F. de Valparaíso, y en contra del Juzgado de Garantía de San Antonio, por el acto arbitrario e ilegal, vulneratorio de las garantías consagradas en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política d

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