MP C/ DAVID ANDRES SEBASTIAN YANEZ URREJOLA
Rol
Fecha
29 de noviembre de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°. - Que, la defensa del imputado David Andrés Sebastián Yáez Urrejola, formalizado como autor de tres delitos de amenazas simples y un delito de microtráfico, en grado de consumados, apeló en contra de la resolución dictada en audiencia el 21 de noviembre del presente año, por el Juzgado de Garantía de Tomé, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva, solicitando su modificación por una cautelar menos gravosa del artículo 155 del Código Procesal Penal. Cuestiona la participación del imputado en el delito de microtráfico y la necesidad de cautela. 2°. - Que, conforme el mérito de los antecedentes que obran en la investigación, se encuentran justificados tres delitos de amenaza simple del artículo 296 N°3 del Código Penal, lo que no fue objeto de discusión por parte del letrado del imputado. Asimismo se encuentra justificado el delito de tráfico de pequeñas cantidades de sustancias psicotrópicas y estupefacientes del artículo 4° en relación con el 1° de la Ley 20.000, con los siguientes elementos de convicción, una orden de investigar por tres delitos de amenazas simples y en el marco de la ejecución de dicha orden fue encontrado en su poder un “banano” que contenía once envoltorios de 10,38 gramos clorhidrato de cocaína en un calcetín celeste y luego en una mochila un calcetín rosado que se encontraba en la habitación principal, en un bolsillo exterior 9,41 gramos de clorhidrato de cocaína, lo que constituye un hallazgo inevitable de carácter ostensible e inminente a la detención. Mismos que permiten presumir fundadamente la participación del imputado en calidad de autos en los ilícitos en comento, satisfaciendo con ello los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 3°.- Que, en relación a la necesidad de cautela, en este estadio procesal, sólo se satisface con la medida cautelar impuesta, pues resulta ser la única medida proporcional e idónea a aquélla, atendidos los d
Texto Completo (Preview)
Concepción, veintinueve de noviembre de dos mil veinticinco VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°. - Que, la defensa del imputado David Andrés Sebastián Yáez Urrejola, formalizado como autor de tres delitos de amenazas simples y un delito de microtráfico, en grado de consumados, apeló en contra de la resolución dictada en audiencia el 21 de noviembre del presente año, por el Juzgado de Garantía d
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