6º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SAN MIGU

C/ EVANDRO WALTER BUSTOS VARAS

Rol

19678-2023

Fecha

1 de marzo de 2023

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD A LA CORTE

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Hechos

Vistos: 1° Que la defensa de Evandro Bustos Varas, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, por la cual fue condenado como autor del delito de Tenencia de Arma de Fuego Prohibida. 2° Que por el recurso se ha invocado como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso, a la presunción de inocencia, cuestiona básicamente la prueba, su valoración y la fundamentación de la sentencia. 3° Que el Ministerio Público se hizo parte en la presente causa. 4° Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, al fallo de primera instancia, en definitiva tiene como sustento real un reclamo a la valoración de los antecedentes y a la fundamentación de la sentencia, lo que es propio del motivo de invalidación del artículo 374 letra e) del cuerpo legal antes citado, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva, razón por la cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de San Miguel, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 19678-23.

Fallo

fallo de primera instancia, en definitiva tiene como sustento real un reclamo a la valoración de los antecedentes y a la fundamentación de la sentencia, lo que es propio del motivo de invalidación del artículo 374 letra e) del cuerpo legal antes citado, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva, razón por la cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de San Miguel, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 19678-23.

Texto Completo (Preview)

Santiago, uno de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: 1° Que la defensa de Evandro Bustos Varas, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, por la cual fue condenado como autor del delito de Tenencia de Arma de Fuego Prohibida. 2° Que por el recurso se ha invocado como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código

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