14º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

FISCO DE CHILE - CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/ (LTE) - VUELVE A TABLA

Rol

Fecha

28 de noviembre de 2025

Materia

EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los

Fundamentos

fundamentos del tribunal a quo y atendido lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha once de diciembre de dos mil veinticuatro dictada en los autos Rol N° C-1506-2023, seguidos ante el Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Caro, quien estuvo por revocar la sentencia apelada y rechazar la demanda de reclamación del monto provisional fijado por la expropiación, por cuanto estima que la Comisión Tasadora efectuó una correcta tasación del valor del inmueble expropiado, dado que no corresponde cuestionar en este juicio especial, las consecuencias perjudiciales que le acarrearía al expropiado los efectos de una declaración de utilidad pública impuesta mediante el Plan Regulador Comunal, aprobado con anterioridad al decreto expropiatorio, de área verde y vialidad. De este modo, no corresponde asignar a los sectores afectos con la utilidad pública el mismo valor que el correspondiente a la zona no afecta a dicha utilidad, por cuanto si bien se trata de un solo predio, ello no implica que pueda ser objeto del mismo aprovechamiento en toda su extensión, dado que existen restricciones de uso impuestas mediante el respectivo Plan Regulador que no pueden soslayarse. Por lo demás, es del caso recordar que la indemnización que corresponde fijar por concepto de expropiación, sólo puede compensar el daño patrimonial efectivamente causado por la expropiación y no por otro motivo, siendo así improcedente que en este procedimiento especial se ventilen cuestiones no previstas en el D.L. 2186 que aprueba la Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones, que es precisamente lo que ocurre al incorporar en el monto de la indemnización por expropiación, la compensación por la carga pública impuesta por la declaración de utilidad pública. Regístrese y devuélvase. N°Civil-2162-2025. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Pedro Caro Romero, conformada por la Ministra señora Paula Rodríguez Fondón y la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil veinticinco. Proveyendo los escritos folios 41, 42 y 43: a todo, téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los fundamentos del tribunal a quo y atendido lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha once de diciembre de dos

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