FISCALIA ALTO HOSPICIO C/ ALEJANDRO IGNACIO VALLEJOS OLIVA
Rol
Fecha
28 de noviembre de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y OÍDO: Lo expuesto por los intervinientes, el estado primario de la indagación, la naturaleza del delito, la pena asignada y la irreprochable conducta anterior del imputado, conducen a estimar que una medida cautelar de menor intensidad resulta más acorde y proporcional a los fines del proceso, y conforme además lo dispuesto en los artículos 140, 149 y 155 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de veintidós de noviembre de dos mil veinticinco, que decretó la prisión preventiva del imputado ALEJANDRO IGNACIO VALLEJOS OLIVA, y en su lugar, se declara que se sustituye la referida medida cautelar por la de prohibición de acercamiento a la víctima, aplicación de monitoreo telemático y arraigo nacional. Devuélvase. Rol N°861-2025 Penal.
Fallo
se declara que se sustituye la referida medida cautelar por la de prohibición de acercamiento a la víctima, aplicación de monitoreo telemático y arraigo nacional. Devuélvase. Rol N°861-2025 Penal.
Texto Completo (Preview)
Iquique, veintiocho de noviembre de dos mil veinticinco. VISTO Y OÍDO: Lo expuesto por los intervinientes, el estado primario de la indagación, la naturaleza del delito, la pena asignada y la irreprochable conducta anterior del imputado, conducen a estimar que una medida cautelar de menor intensidad resulta más acorde y proporcional a los fines del proceso, y conforme además lo dispuesto en los a
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