JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

FABRIZZIO PEDRO RIOS ZELADA C/ FRANCHESKOLY NICOLAS AHUMADA CACERES

Rol

Fecha

28 de noviembre de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por ambos intervinientes y no habiéndose cuestionado la concurrencia de los presupuesto de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, sino únicamente el Ministerio Público lo hizo con relación a la necesidad de cautela y enfocado estrictamente en el análisis de aquello y en los antecedentes efectivos que al día de hoy existen en el caso, esto es, de acuerdo a lo que relevó también la defensa que el imputado no tiene antecedentes penales anteriores, admitido por el Ministerio Público y tampoco tiene causas vigentes, que tiene 19 años de edad, todo lo cual esta Corte lo valoró, sin perjuicio de lo cual –insisto esos son los antecedentes objetivos que existen al día de hoy– versus la pena asignada al delito, que se trata de un delito ofensivo por lo demás y que el imputado actuó en grupo pandilla, se reúnen varios de los criterios que establece la letra c) del artículo 140 que hacen procedente la prisión preventiva por peligro para la seguridad de la sociedad y que esta Corte comparte, haciendo énfasis en este punto que la declaración ofrecida por la defensa del imputado, la declaración eventual en la que podría identificar el resto de los imputados no existe aún, SE REVOCARÁ la resolución de veintisiete de noviembre recién pasado y en su lugar se dispone la prisión preventiva a Francheskoly Nicolás Ahumada Cáceres, en tanto no hayan los antecedentes que ofrecieron en esta audiencia de la sociedad, por considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 829-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a veintiocho de noviembre de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 829-2025 Penal Ruc: 2501695141-5 RIT: 8590 - 2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministras señora Claudia Arenas González, señora Juana Ríos Meza y Abogado Integrante, señor Ricardo Oñate Vera. Relator (a): Jaqueline Cofré García Digitador (a): Mariela

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