SIN INFORMACION

DÍAZ ZARRICUETA, CRISLY CAROLINA/MINISTERIO DE EDUCACION

Rol

Fecha

28 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA, SIN COSTAS

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Renán Álvarez Rivera, abogado, interponiendo acción constitucional de protección en favor Crisly Carolina Díaz Zarricueta, profesora de Estado de Historia y Geografía, y en contra del Ministerio de Educación por haber dictado la Resolución Exenta N°10093 de 03 de septiembre de 2025 por la cual se rechaza el recurso de reposición deducido por la actora en contra de la resolución que le aplica la medida disciplinaria de destitución de su cargo de Supervisora Técnica Pedagógica en el Departamento Provincial de Educación de Elqui de la Secretaría Regional Ministerial de Coquimbo (SECREDUC), y por haber dictado la Resolución Exenta N°10501 de 8 de septiembre de 2025 que declara afinado el procedimiento sumarial que condujo a la destitución de la recurrente. Como garantías vulneradas indica aquellas contenidas en los numerales 2, 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que la recurrente comenzó a trabajar para la SECREDUC Coquimbo en el año 2015 y que entre abril de 2018 y abril de 2025 se desempeñó como Presidenta de la Asociación Nacional de Funcionarios del Ministerio de Educación (ANDIME). Refiere que mediante Resolución Exenta N°2209 de 26 de septiembre de 2024 se instruyó un sumario en su contra en el cual se propuso por el fiscal a cargo la aplicación de la medida de destitución, por su presunta responsabilidad en los siguientes hechos “1.-El día 26 de septiembre de 2022, siendo aproximadamente las 11.00 hrs., haber ingresado intempestivamente y sin razón aparente, a la oficina del Segundo Piso de este servicio que ocupa la funcionaria doña Kimberly Rojas Cayupán, y haber agredido a esta funcionaria de palabra y hecho, conducta que se repitió minutos después en el sector de la escalera que baja del Primer Piso al Subterráneo (…)”. 2. - Llevar a cabo conductas de hostigamiento y acoso a la funcionaria doña Kimberly Rojas Cayupán, a través de Instagram mediante mensajes y grabaciones de contenido y tono burlesco y desafiante, según consta de documento acompañado por la denunciante de fecha 6 de enero de 2023” Explica que esa medida fue desechada por la Secretaria Regional Ministerial de Educación, la que, en definitiva, determinó la imposición de multa del 10% de la remuneración mensual, sanción que, no obstante, quedó sin efecto al haberse anulado lo obrado en el procedimiento, por así disponerlo el Ministerio de Educación al conocer de los antecedentes por la vía de un recurso de apelación intentado por la recurrente, por advertir que es esa última repartición a la cual corresponde pronunciarse respecto de la medida de destitución de acuerdo a lo establecido en el artículo 140 del Estatuto Administrativo. Por su lado, en lo tocante a la medida de destitución que le fuera aplicada a la actora mediante Resolución Exenta N°9224 de 26 de diciembre de 2024 y Resolución Exenta N°10501 del 08 de septiembre de 2025, ambas del Ministro de Educación, afirma que ellas revisten carác

Fallo

por tanto, no constituye la vía idónea para esclarecer la cuestión debatida. QUINTO: Que, además, es preciso consignar que según refirieron los abogados de ambas partes en sus alegaciones orales, el acto administrativo que dispuso la destitución de la actora fue remitido para pronunciamiento de parte de la Contraloría General de la República el catorce de octubre recién pasado, encontrándose la actora en la actualidad desempeñando efectivamente su cargo y percibiendo sus remuneraciones mientras se emite una decisión terminal de parte del órgano contralor. SEXTO: Que, en el escenario fáctico descrito en el motivo precedente, el recurso de protección intentado no podrá prosperar, por una parte, porque no existe una afectación actual a los derechos de la recurrente, quien no se ha visto en los hechos separada de su cargo ni privada de su remuneración y, por otra, debido a que aún no se ha emitido el acto administrativo terminal que determine la situación de la actora, pues bien puede la Contraloría General de la República en ejercicio de sus funciones dejar sin efecto los actos impugnados, lo que conlleva el rechazo del recurso de protección deducido. En ese sentido, es necesario recordar que sólo de manera excepcional los actos intermedios pueden ser objeto de conocimiento a través del recurso de protección como ha señalado en forma invariable la Excma. Corte Suprema. Así, el máximo tribunal ha sostenido que “no resulta procedente ejercer la acción constitucional de protecci

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Díaz Zarricueta, Crisly Carolina MINEDUC Recurso de protección Rol N°1771-2025 La Serena, veintiocho de noviembre de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Renán Álvarez Rivera, abogado, interponiendo acción constitucional de protección en favor Crisly Carolina Díaz Zarricueta, profesora de Estado de Historia y Geografía, y en contra del Ministerio de Educación por hab

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