INMOBILIARIA OASIS DE LA CAMPANA S.A./PEREZ (ACUM. ING. CORTE 11256-2023) CASACIÓN Y APELACIÓN) (LTE)
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2025
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
Vistos: Se confirma la resolución de treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol C-5170-2023. B.- En cuanto al ingreso N° 11.256-2023: Vistos: En estos autos del Primer Juzgado Civil de Santiago sobre designación de árbitro Rol C-5170-2023, por sentencia definitiva de primera instancia se acogió la solicitud formulada y se procedió a la designación de un árbitro para dirimir el conflicto suscitado entre Inmobiliaria Oasis de la Campana S.A., hoy Inmobiliaria Oasis de la Campana SpAy María Adelaida Piedad Pérez Barragán. En contra de esta sentencia la parte demandada ha deducido recursos de casación en la forma y de apelación. Se ordenó traer los autos en relación. Y teniendo presente: I.- En cuanto al recurso de casación en la forma: Primero: Que el recurso de casación en la forma de la parte demandada se funda en la causal del N° 1 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, fundada en que el tribunal civil resulta absolutamente incompetente para conocer del presente proceso sobre designación de árbitro, en consideración a que el asunto está siendo conocido por la justicia penal, lo cual impide que un árbitro pueda resolver el conflicto. En concepto de la parte recurrente los artículos 108 y 157 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales disponen que las causas criminales deben ser conocidas por el tribunal con competencia en lo penal; y los artículos 230 y siguientes del mismo cuerpo legal prohíben que puedan ser sometidos a arbitraje los asuntos de naturaleza penal. Segundo: Que de conformidad con lo dispuesto en la primera parte del N° 1 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, es causal del recurso de casación en la forma haber sido la sentencia pronunciada por un tribunal incompetente. En el caso de la especie se pretende que el tribunal civil es incompetente para proceder a la designación de un árbitro cuando el asunto para el cual se pretende la designación es uno pa
Fundamentos
fundamentos que ha tenido en consideración el tribunal de primer grado para decidir del modo que lo hizo y que esta Corte comparte, de manera tal que esa decisión debe ser mantenida.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 186 y siguientes, 764, 765, 766, 783 y 798 del Código de Procedimiento Civil: I.- En cuanto al recurso de casación en la forma: Se rechaza el recurso de casación en la forma deducido por la parte demandada en lo principal de la presentación de 12 de julio de 2023. II.- En cuanto al recurso de apelación: Se confirma la sentencia de veintiocho de junio de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol C-5170-2023. Regístrese, en lo pertinente, y comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. Civil N° 9066-2023 y acumulada N° 11.256-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil veinticinco. A.- En cuanto al ingreso N° 9066-2023: Vistos: Se confirma la resolución de treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol C-5170-2023. B.- En cuanto al ingreso N° 11.256-2023: Vistos: En estos autos del Primer Juzgado Civil de Santiago sobre designación de árb
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