MP C/ WISTON ANDRES CAICEDO GAMBOA
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2025
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que resolvió modificar la prisión preventiva de los imputados Wistong Andrés Caicedo Gamboa, Pedro Fernando Angulo Angulo y Ferney Cuero Obando, por una caución establecida en la suma de $2.000.000 respecto de cada uno de ellos, decretando de igual modo, si se pagare dicha caución, las cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional. El Ministerio Público, solicita en definitiva la revocación en alzada y mantención de la prisión preventiva señalada previamente. 2°) Que del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen elementos suficientes para estimar concurrentes los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, lo que no fue discutido en la audiencia respectiva. 3°) Que, respecto de la necesidad de cautela prevista en la letra c) de la norma ya referida, ésta sólo se ve resguardada con la medida cautelar de prisión preventiva, teniendo en consideración el ilícito por el cual fue formalizada la investigación, esto es, el delito de tráfico de droga en pequeñas cantidades, artículo 4° de la Ley 20.000, las circunstancias y modalidad de su comisión, la pena asignada a éste, su eventual forma de cumplimiento, el haber actuado en grupo o pandilla, la circunstancia de que ninguno de ellos cuenta con antecedente alguno de arraigo, que haga presumir que se sujetarán a las actuaciones del procedimiento y no habiendo cambiado sustancialmente los antecedentes que se tuvieron a la vista al momento de decretar la prisión preventiva, lo que permite estimar que la libertad de éstos, por medio de la aplicación de una cautelar menos gravosa, importa un peligro para la seguridad de la sociedad. Teniendo en consideración los ant
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Puerto Montt, veintisiete de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que resolvió modificar la prisión preventiva de los imputados Wistong Andrés Caicedo Gamboa, Pedro Fernando Angulo Angulo y Ferney Cuero Obando, po
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