SIN INFORMACION

ÁLVAREZ RIQUELME / LICEO POLIVALENTE LUCILA GODOY ALCAYAGA DE LA COMUNA DE SAN BERNARDO

Rol

Fecha

27 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Cynthia Lissette Álvarez Riquelme, en representación de su hijo de iniciales J.L.V.A, interpone acción constitucional de protección en contra del Liceo Polivalente Lucila Godoy Alcayaga de la comuna de San Bernardo, por el acto que califica de ilegal consistente en la medida de poner término anticipado al año escolar. Explica que su hijo fue denunciado por su expareja, compañera del establecimiento educacional, por actos de agresión física y verbal los que no son efectivos. Indica que luego de cumplir la medida de suspensión por 3 días se enteró de la existencia de una orden judicial de prohibición de acercamiento, motivo por el cual el establecimiento recurrido decidió poner término a su año escolar, impidiéndole graduarse. Solicita se le reintegre al año escolar y que su hijo pueda graduarse. Segundo: Que el director ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública del Pino informa que el 7 de agosto de 2025, la estudiante Yusefka Sáez, alumna de 4° medio B, del Liceo Lucila Godoy Alcayaga informó por mensaje de texto dirigido a su profesor jefe que fue agredida por su entonces pareja y compañero de curso, hijo de la recurrente. Agrega que en el mensaje indicó que el estudiante el 31 de julio de 2025: “se bajó de una micro, la siguió, la tomó de la mochila, la empujó al suelo, luego la arrastró e increpó”. Explica que ante la gravedad de los hechos se activaron los protocolos internos del establecimiento educacional y se presentó una denuncia ante el Juzgado de Familia de Ban Bernardo. Indica que el 12 de agosto de 2025, el tribunal inició una causa de medida de protección en favor de la estudiante denunciante y ofició al establecimiento educacional en el que le ordenó que adopte medidas para evitar el contacto entre ambos estudiantes en espacio escolar o en su defecto, la adecuación de plan de estudios para el estudiante recurrente, a fin de garantizar su derecho a la educación y para continuar su proceso escolar de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección interpuesto por Cynthia Lissette Álvarez Riquelme, en representación de su hijo J.L.V.A., en contra del Liceo Polivalente Lucila Godoy Alcayaga. Regístrese, comuníquese y archívese. N°3273-2025-Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintisiete de noviembre de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Primero: Que Cynthia Lissette Álvarez Riquelme, en representación de su hijo de iniciales J.L.V.A, interpone acción constitucional de protección en contra del Liceo Polivalente Lucila Godoy Alcayaga de la comuna de San Bernardo, por el acto que califica de ilegal consistente en la medida de poner término antici

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