SOUVENIRE SENOSTIN/SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Y OTRO
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA, SIN COSTAS
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Claudia Beatriz Loman, abogada, en favor de Souvenire Senostin, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, por la dictación de la Resolución Exenta N° 24545554, de 29 de diciembre de 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva, ordenó su abandono del país, lo que, en su concepto, compromete las garantías de libertad personal y seguridad individual consagradas en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el 22 de noviembre de 2022 realizó solicitud de residencia definitiva, con el objeto de regularizar su situación migratoria en Chile, por cuanto se encuentra de forma continua desde hace 2 años en el territorio nacional. Refiere que el 14 de diciembre de 2023, le comunicaron que debía remitir el certificado de antecedentes original, debidamente legalizado por el Consulado y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, otorgándole un plazo de 60 días corridos para subsanar la falta o acompañar los documentos respectivos. Agrega que, al no contar con la documentación, presentó una carta explicativa, dado cuenta de la situación que atraviesa su país y la dificultad que presenta la obtención de los documentos indicado. Sin embargo, igualmente la autoridad dispuso el abandono del país. Hace presente que la amparada se encuentra material y humanitariamente imposibilitada de regresar a Haití, debido a las críticas condiciones sociales, políticas y humanitarias que atraviesa su país de origen. Solicita acoger el recurso de amparo y dejar sin efecto la Resolución Exenta N°24545554 de 29 de diciembre de 2024, que dispuso el abandono del país. SEGUNDO: Que comparece el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del arbitrio intentado por no existir un actuar ilegal o arbitrario respecto del rechazo de la solicitud de residencia definitiva de la amparada. Expresa, en lo que interesa al recurso, que la recurrente solicitó el beneficio de permanencia definitiva el 16 de abril de 2018, sin embargo, el 08 de abril de 2019 se rechazó dicha solicitud y en su lugar se otorgó visa temporaria por el plazo de 1 año, en calidad de titular, a través de Resolución Exenta N°91170 del Ministerio del Interior. Dicho beneficio estuvo vigente desde el 23 de septiembre de 2019 al 23 de septiembre de 2020. Indica que el 20 de agosto de 2020, la amparada solicitó nuevamente permanencia definitiva, no obstante, a través de Resolución Exenta N°21517038, de 23 de diciembre de 2021, dicha solicitud se tuvo por desistida por no subsanar la falta de los documentos requeridos por esa autoridad en los plazos otorgados. Agrega que la recurrente solicitó nuevamente el beneficio de permanencia definitiva el 20 de agosto de 2020, informándosele, mediante comunicación electrónica de 14 de abril de 2023, que su solicitud no estaba en condiciones de avanzar a etapa de análisis y procesamient
Texto Completo (Preview)
Senostin, Souvenire Servicio Nacional de Migraciones Recurso de amparo Rol N°715-2025.- La Serena, veintisiete de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Claudia Beatriz Loman, abogada, en favor de Souvenire Senostin, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, por la dic
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica