ABELLO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ESTACIÓN CENTRAL
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 12 de agosto de 2024, don Jafet Esau Abello Avello interpone acción de protección constitucional en contra de la Ilustre Municipalidad de Estación Central, fundando su acción en la omisión ilegal y arbitraria de dicha entidad al no haber dado término a un sumario administrativo instruido en su contra, manteniéndolo en suspensión de funciones por un período excesivamente prolongado, lo que a su juicio vulnera la garantía constitucional de la igualdad ante la ley, consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita que se acoja el recurso, declarando ilegal y/o arbitraria la omisión denunciada y ordenando a la recurrida emitir un pronunciamiento definitivo en el sumario. Señala que es director titular de la Escuela D-20 Arturo Alessandri Palma, administrada por la recurrida, desde el 14 de enero de 2020 hasta el 31 de enero de 2025. Asimismo, es titular de planta de la Municipalidad como docente de aula desde el año 2019. Alega que mediante Decreto Alcaldicio N°121, de 13 de febrero de 2023, se ordenó la instrucción de un sumario administrativo en su contra, y que posteriormente, por Resolución N°01 de 27 de febrero de 2023, dictada en el mismo sumario, se dispuso la suspensión de sus funciones, situación que se mantiene hasta la fecha de la interposición del recurso, habiendo transcurrido 1 año y 6 meses desde su suspensión sin que se le haya comunicado gestión alguna en el procedimiento disciplinario, ni la formulación de cargos, ni citación a declarar, cesando incluso el fiscal original en sus funciones. Argumenta que la prolongada inactividad excede con creces el plazo de seis meses establecido en el artículo 27 de la Ley N°19.880, constituyendo una omisión ilegal y arbitraria que lo mantiene en incertidumbre e imposibilitado de ejercer su cargo. Segundo: Que con fecha 11 de septiembre de 2024, la Ilustre Municipalidad de Estación Central evacuó su informe, señalan
Fallo
Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Jafet Esau Abello Avello en contra de la Municipalidad de Estación Central, sólo en cuanto se ordena a la recurrida adoptar todas las medidas necesarias para dar pronto término al sumario administrativo seguido contra el recurrente, mediante un acto decisorio que se pronuncie sobre la cuestión de fondo relativa a la supuesta responsabilidad disciplinaria del actor, todo ello dentro de un plazo no superior a 30 días hábiles. Regístrese, comuníquese y archívese. Protección N°18.099-2024 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Pedro Caro Romero, conformada por la Ministra señora Paula Rodríguez Fondón y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil veinticinco. Proveyendo el escrito folio 35: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 12 de agosto de 2024, don Jafet Esau Abello Avello interpone acción de protección constitucional en contra de la Ilustre Municipalidad de Estación Central, fundando su acción en la omisión ilegal y arbitraria de dicha entidad al no haber d
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