1º JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

BANCO SECURITY/INMOBILIARIA E INVERSIONES GAROIN LIMITADA

Rol

Fecha

27 de noviembre de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo, además, presente: Primero: Que estos antecedentes se originan en un juicio ejecutivo seguido por Banco Security en contra de Inmobiliaria e Inversiones Garoin Limitada, Rol C-2662-2020 del Primer Juzgado Civil de Temuco, encontrándose en tramitación el cuaderno de apremio. En dicho contexto, la ejecutada promovió una presentación incidental -folios 278- mediante la cual solicitó la suspensión del remate decretado, la acumulación del proceso Rol C-2375-2023, la suspensión del procedimiento, la declaración de entorpecimiento para consignar y otras medidas, todo lo cual fue desestimado por el tribunal. Contra esta decisión se dedujo el recurso de apelación que hoy se conoce. Segundo: Que la parte ejecutada deduce recurso de apelación alegando que la resolución impugnada vulneraría su derecho de defensa, por cuanto —a su juicio— existiría un prejuzgamiento anticipado al rechazar de plano la incidencia, especialmente

Fundamentos

considerando el entorpecimiento personal que afirma haber sufrido su apoderado por motivos de salud. Tercero: Que el recurrente sostiene además que concurrían antecedentes suficientes para admitir a tramitación la incidencia, tales como la existencia de una medida prejudicial precautoria en otra sede, la falta de certificados actualizados de gravámenes y de dominio vigente, y la ausencia de una liquidación previa válida, circunstancias que -a su entender- justificaban suspender la subasta. Cuarto: Que, de la resolución apelada, consta que el tribunal verificó que a folio 277 se acompañaron los documentos actualizados a los que aludió la parte ejecutada; que existe liquidación practicada con fecha 22 de agosto de 2024 determinando un saldo adeudado de $415.862.569 más costas; que la causa Rol C-18.573-2024 del 26° Juzgado Civil de Santiago no obtuvo curso y se encuentra archivada; y que la causa Rol C-2375-2023 corresponde a otro juicio ejecutivo seguido por el mismo ejecutante, sin perjuicio actual que habilite la nulidad pretendida. Quinto: Que, respecto del entorpecimiento alegado, el tribunal razonó que no se acompañó antecedente alguno que acreditara una imposibilidad absoluta para efectuar la consignación previa exigida por el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, gestión que, al igual que la presentación incidental, puede cumplirse por medios digitales. Sexto: Que las facultades relativas a la suspensión del procedimiento, del remate, la acumulación de autos y la admisibilidad de incidencias se encuentran entregadas a la apreciación del tribunal, conforme a los artículos 84, 87, 88, 92 y 97 del Código de Procedimiento Civil. La resolución apelada se encuentra fundada en antecedentes constatados en autos, no advirtiéndose ilegalidad o arbitrariedad. Séptimo: Que el recurso de apelación no demuestra error de hecho o de derecho alguno en lo resuelto, limitándose a reiterar argumentos ya examinados por el tribunal, sin dar cuenta del agravio que procesalmente le ocasiona el proceso derivado de la negativa a suspender la subasta ni de la inadmisión de la incidencia. Octavo: Que, asentado lo anterior, la decisión del tribunal de primera instancia aparece ajustada a derecho, motivo por el cual no procede su revocación.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 84, 87, 88, 92, 97 y demás pertinentes del Código de Procedimiento Civil, Se CONFIRMA, en todas sus partes, la resolución apelada de veintiuno de abril de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado Civil de Temuco. Devuélvanse. Redacción a cargo del Ministro don Alberto Amiot. Rol N° Civil-814-2025 (acl).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco. Temuco, veintisiete de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo, además, presente: Primero: Que estos antecedentes se originan en un juicio ejecutivo seguido por Banco Security en contra de Inmobiliaria e Inversiones Garoin Limitada, Rol C-2662-2020 del Primer Juzgado Civil de Temuco, encontrándose en tramitación el cuaderno de apremio. En dicho contexto, la ejecutada p

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