MOLINA / ÁVILA
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y estimando que la medida cautelar solicitada por el Ministerio Público es proporcional a los hechos por los cuales ha sido formalizado el imputado, se REVOCA la resolución apelada de veintitrés de noviembre de dos mil veinticinco y, en su lugar, se decreta la prisión preventiva del imputado, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la víctima. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Juan Ignacio Correa Rosado, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1572–2025 Penal. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 27 de noviembre de 2025. Felipe Cancino Concha Relator En Valdivia, veintisiete de noviembre de dos mil veinticinco, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho que desarrolla en la audiencia. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica. El Sr. Presidente de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y estimando que la medida cautelar solicitada por el Ministerio Público es proporcional a los hechos por los cuales ha sido formalizado el imputado, se REVOCA la resolución apelada de veintitrés de noviembre de dos mil veinticinco y, en su lugar, se decreta la prisión preventiva del imputado, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la víctima. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Juan Ignacio Correa Rosado, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1572–2025 Penal. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 27 de noviembre de 2025. Felipe Cancino Concha Relator En Valdivia, veintisiete de noviembre de dos mil veinticinco, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA VEINTISIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, PARA LA VISTA –POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA– DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CAUSA RUC 2501670399–3, RIT 1710–2025. ROL CORTE 1572–2025. Siendo las 09:28 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia del Ministro Sr. Juan
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