JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAISO

URRA/DISTRIBUIDORA Y COMERCIAL PROVIMARKET LIMITADA

Rol

Fecha

27 de noviembre de 2025

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Que, en estos autos, RIT O-229-2024, RUC 24-4-0552364-3, Rol IC 570-2025, don Paolo Lubiano Rodríguez, en representación de la parte demandada, en estos autos de aplicación general sobre despido injustificado y cobro de prestaciones, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada el tres de junio de dos mil veinticinco, por el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, que acogió la demanda respecto de los tres actores de autos, declarando que el despido fue injustificado, ordenó pagar las sumas que indica por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo; por años de servicio, con recargo legal del 50%; prestaciones adeudadas a cada uno de ellos a título de indemnización compensatoria de feriados anuales y proporcionales, todo ello con los intereses y reajustes establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Funda el recurso en la causal de nulidad contenida en el artículo 478, letra b), del Código del Trabajo, al haber sido pronunciada con infracción manifiesta a las reglas de la sana crítica, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la recurrente funda su arbitrio, en que, a su juicio, la sentenciadora no habría analizado adecuadamente la prueba aportada por su parte, citando al efecto considerando noveno. Explica que el

Fallo

fallo establece como un hecho no controvertido que el local comercial del establecimiento de Arlegui, lugar en que se desempeñaban los demandantes y operaba su representada, fue afectado por un incendio el 1 de enero de 2024. Sin embargo, agrega, el considerando noveno prosigue de la siguiente manera, que reproduce: “Respecto de las consecuencias, más allá de lo evidente, y especialmente en lo relativo a la afectación patrimonial que debió soportar la empresa a consecuencia del siniestro aludido, el empleador se valió principalmente de tres documentos y atestados de sus testigos en estrado. Respecto de los documentos, es preciso señalar que estos consisten en una carta dirigida a la empresa por Bacigalupo Demoliciones en la que precisa que la demolición del local siniestrado tiene un valor de $19.500.000 más IVA y detalle el procedimiento para realizar la demolición. El segundo es un resumen ejecutivo de gastos referidos a retiro y disposición final de mercadería y escombros, desarme de estructuras, otros varios, e incluye el costo de demolición ya mencionado. El tercer último documento es el detalle de los costos anteriores y también fue elaborado por la demandada. Ninguno de estos costos mencionados en los documentos ha sido apoyado con documentos que, como facturas que se mencionan en el detalle aludido, demuestren la efectividad de haberse incurrido en ellos. En efecto, si bien, como se ha aludido en el tercer documento revisado se menciona la existencia de facturas que d

Texto Completo (Preview)

Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de noviembre de dos mil veinticinco. Visto: Que, en estos autos, RIT O-229-2024, RUC 24-4-0552364-3, Rol IC 570-2025, don Paolo Lubiano Rodríguez, en representación de la parte demandada, en estos autos de aplicación general sobre despido injustificado y cobro de prestaciones, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada e

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