JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

MP C/ GABRIEL EUGENIO ESPINOZA CONTRERAS.

Rol

Fecha

26 de noviembre de 2025

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que las causales de exclusión de prueba están señaladas taxativamente en el artículo 276 del Código Procesal Penal y, en lo que interesa al presente recurso, su inciso 3° dispone que “el juez excluirá las pruebas que provinieren de actuaciones o diligencias que hubieren sido declaradas nulas y aquellas que hubieren sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales”. Segundo: Que la resolución que determinó la exclusión del pendrive que contiene un video de los hechos por los que se acusó al imputado se funda en la falta de acceso por parte de la defensa al mismo. Tercero: Que del mérito de lo informado por el Ministerio Público en estrados se desprende que el ente persecutor puso a disposición de la defensa del imputado el medio de prueba de que se trata, con independencia de la actividad desplegada por la defensa para materializar esta posibilidad. Cuarto: Que, por lo anterior y no tratándose en este caso de una prueba declarada nula u obtenida con inobservancia de garantías fundamentales, procede incorporarla al Juicio Oral. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca, en lo apelado, la resolución dictada el diecisiete de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que resolvió excluir el pendrive que contiene un video, correspondiente a la NUE5586381, ofrecida por el Ministerio Público y se declara que aquélla debe ser incluida en el auto de apertura del juicio oral. Devuélvase. N°Penal-2083-2025.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca, en lo apelado, la resolución dictada el diecisiete de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que resolvió excluir el pendrive que contiene un video, correspondiente a la NUE5586381, ofrecida por el Ministerio Público y se declara que aquélla debe ser incluida en el auto de apertura del juicio oral. Devuélvase. N°Penal-2083-2025.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Sala Rol Corte: 2083-2025 Penal. RIT: 160-2024 JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN BERNARDO. Relator: Diego Muñoz Gaete Digitadora: Carolina Orellana Medina Caratulado: MP. C/ GABRIEL EUGENIO ESPINOZA CONTRERAS Tipo de Recurso: Apelación incidente Materia: Hurto simple Escritos proveídos en audiencia: 2 (folios 36 y 37) San Miguel

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