MALDONADO CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PLACILLA
Rol
Fecha
26 de noviembre de 2025
Materia
RECARGOS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparecen los abogados Rodrigo Flores Osorio, por la demandada, I. Municipalidad de Placilla y; Pedro Ignacio Peña Sánchez, por el demandante, Cristian Alejandro Maldonado Rojo, quienes deducen recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha once de marzo de dos mil veinticinco, en los antecedentes RIT M-20-2024 por la Jueza del Primer Juzgado de Letras de San Fernando. El primer recurrente invocó como causal de nulidad, la contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo y; el segundo las de los artículos 478 letra c) y, en subsidio, la del artículo 477 ambas, del código ya citado, solicitando el primero que, se anule el proceso y fallo o sólo este último, en la parte que le perjudica, de acuerdo con la causal que en definitiva se acoja, y dicte la sentencia de reemplazo por la que se rechace la demanda en todas sus partes y se declare que no existió relación laboral entre las partes, con costas, o señale el estado en que queda el proceso y remitan los antecedentes al tribunal correspondiente para su conocimiento, conforme también sea la causal que en definitiva se acoja, con costas y; el segundo, que se anule parcialmente la sentencia recaída en esta causa, en aquella parte en que rechaza la demanda interpuesta por esa parte, y se dicte una de sentencia de reemplazo, que mantenga lo resuelto con respecto a la declaración de existencia de una relación laboral, pero que ahora acoja la demanda de Despido Indirecto Justificado, Cobro de Prestaciones Adeudadas y Nulidad de Despido, en todas sus partes, con expresa condena en costas. En la audiencia de vista del recurso, las partes recurrentes reiteraron los argumentos vertidos en sus escritos de nulidad, pidiendo el rechazo del recurso de la contraria. Finalizada la exposición de los intervinientes se puso término al debate, quedando la causa en estado de alcanzar acuerdo, el que se produce en base a los siguientes fundamentos.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, consta de la sentencia cuya nulidad se solicita, que en ella se resolvió, en definitiva: I.- Que se acoge la acción declarativa deducida por Cristián Alejandro Maldonado Rojas, CI N°20.462.443-7, en contra de la Ilustre Municipalidad de Placilla, Rut N° 69.090.200-1, representada por su Alcalde, Marcelo González Farías, CI N°16.090.200-1, solo en cuanto a que
Fallo
fallo o sólo este último, en la parte que le perjudica, de acuerdo con la causal que en definitiva se acoja, y dicte la sentencia de reemplazo por la que se rechace la demanda en todas sus partes y se declare que no existió relación laboral entre las partes, con costas, o señale el estado en que queda el proceso y remitan los antecedentes al tribunal correspondiente para su conocimiento, conforme también sea la causal que en definitiva se acoja, con costas y; el segundo, que se anule parcialmente la sentencia recaída en esta causa, en aquella parte en que rechaza la demanda interpuesta por esa parte, y se dicte una de sentencia de reemplazo, que mantenga lo resuelto con respecto a la declaración de existencia de una relación laboral, pero que ahora acoja la demanda de Despido Indirecto Justificado, Cobro de Prestaciones Adeudadas y Nulidad de Despido, en todas sus partes, con expresa condena en costas. En la audiencia de vista del recurso, las partes recurrentes reiteraron los argumentos vertidos en sus escritos de nulidad, pidiendo el rechazo del recurso de la contraria. Finalizada la exposición de los intervinientes se puso término al debate, quedando la causa en estado de alcanzar acuerdo, el que se produce en base a los siguientes fundamentos. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, consta de la sentencia cuya nulidad se solicita, que en ella se resolvió, en definitiva: I.- Que se acoge la acción declarativa deducida por Cristián Alejandro Maldonado Rojas, CI N°20.462.443-7, en con
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Rancagua, veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco. VISTO: Comparecen los abogados Rodrigo Flores Osorio, por la demandada, I. Municipalidad de Placilla y; Pedro Ignacio Peña Sánchez, por el demandante, Cristian Alejandro Maldonado Rojo, quienes deducen recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha once de marzo de dos mil veinticinco, en los antecedentes RIT M-2
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