JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE

MP C/ CRISTIAN JONATHAN LEÓN SÁNCHEZ.

Rol

Fecha

26 de noviembre de 2025

Materia

CULTIVO/COSECHA ESPECIES VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF. ART. 8

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, del mérito de los antecedentes, es posible advertir que no han variado las circunstancias tenidas a la vista por esta Corte, en cuanto a las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, para decretar la prisión preventiva del imputado. En efecto, no constituye un antecedente nuevo el intento frustrado de arribar a un procedimiento abreviado, el que, en este estadio de la investigación, importa una mera expectativa, un hecho que puede ocurrir o no, sin que tampoco los informes sicosociales alteren las consideraciones tenidas a la vista acerca del cuerpo del delito y la participación del imputado en él. Cabe adicionar que la discusión que puede haber entre las partes, en cuanto a un eventual concurso de delitos y una recalificación de los ilícitos formalizados a aquel contenido en el artículo 8° de la Ley 20.000, lo cierto es que se trata de una discrepancia de fondo que, previa la rendición formal de la prueba por parte de los intervinientes, debe ser resuelta en un eventual juicio por el tribunal del fondo que corresponda, existiendo, en este estadio del procedimiento, antecedentes suficientes, atendida la cantidad de droga incautada, encontrada en un frasco y una la bolsa, junto a la existencia de la suma de $120.000 en el inmueble del imputado, como para sostener sospechas fundadas que cimentan los delitos invocados por el persecutor. Que, en estas condiciones, atendida las sanciones que arriesga el imputado, los bienes jurídicos vulnerados, la forma y circunstancias de comisión de los delitos y su probable sanción y forma de cumplimiento, junto a que el imputado tiene una situación migratoria irregular, que no garantiza su adherencia a los actos del procedimiento, en un contexto en que atendido lo dispuesto en la ley 18.216, es posible estimar que en caso de ser condenado, el imputado arriesga una pena de cumplimiento efectivo, de todo lo cual es posible concluir que no se han aportado antecedentes nuevos que permit

Fallo

se declara que se mantiene éste último sometido a la medida cautelar antes señalada. El señor juez a quo deberá disponer las medidas pertinentes para su cumplimiento. Comuníquese vía interconexión. N° 3879-2025-PENAL.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-3879-2025 Ruc: 2500533300-0 Rit: 2124-2025 JUZGADO DE GARANTÍA DE TALAGANTE Relator: Emil Ibarra Sáez Caratulado: MP.C/ CRISTIAN JONATHAN LEÓN SÁNCHEZ. Tipo de Recurso: Penal- apelación cautelar personal Escritos proveídos en audiencia: 2 San Miguel, veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos y

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica