JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MP C/ CLAUDIO ALFONSO COSTA HERREROS

Rol

Fecha

26 de noviembre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: 1.- Que, del mérito de autos y las alegaciones vertidas en estrados por los intervinientes, en particular parte de detención, actas de incautación, fijación fotográfica y prueba de campo efectuada a la droga permiten establecer que se configuran los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito atribuido. 2.- Que, en cuanto a la necesidad de cautela, atendida la cantidad y lesividad de la droga incautada, y la pena asignada por Ley al delito formalizado es del parecer de esta Corte que, la seguridad de la sociedad, así como el éxito de las diligencias de investigación, sólo se satisfacen de manera suficiente a través de la prisión preventiva. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de diecinueve de noviembre del año en curso. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-972-2025.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de diecinueve de noviembre del año en curso. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-972-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán MAB/alf Chillán, veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco. Visto: 1.- Que, del mérito de autos y las alegaciones vertidas en estrados por los intervinientes, en particular parte de detención, actas de incautación, fijación fotográfica y prueba de campo efectuada a la droga permiten establecer que se configuran los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código

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