FUNDACION DEFENSORIA MIGRANTE Y OTROS CONTRA POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA -DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Rol
20171-2023
Fecha
24 de febrero de 2023
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de catorce de febrero de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 296-2023. Decisión acordada con el voto en contra de la Ministra Suplente Sra. Gutiérrez y del Abogado Integrante Sr. Morales, quienes estuvieron por revocar la sentencia apelada y rechazar la acción constitucional deducida en autos, teniendo además presente las siguientes consideraciones: 1.- Que el recurso de amparo contemplado en el artículo 21 de la Constitución Política de la República está establecido para proteger a toda persona que se hallare arrestada, detenida o presa con infracción a lo que dispone la constitución, y también en favor de toda persona que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza a su derecho de libertad o seguridad individual. 2.- Que en el presente caso no se está en presencia de ninguna de las hipótesis antes referidas y que hacen procedente este recurso. En efecto, respecto de los niños amparados no se advierte ninguna inseguridad ni incertidumbre que afecte su libertad personal y seguridad individual, en cuanto no se ha decretado a su respecto acto expulsatorio alguno, ni orden de abandono o prohibición de ingresar al país, de modo tal que su retorno al país depende única y exclusivamente del cumplimiento de los requisitos previstos en los artículos 24 y 28 de la Ley N° 21.325 por parte de quienes se encuentra a su cuidado en la República de Haití. Lo anteriormente expuesto, en opinión de estos disidentes, descarta la existencia de ilegalidad en el actuar de la Autoridad Administrativa y lleva al rechazo del recurso. Para ello, la ley y la Constitución Política de la República, contemplan otros recursos específicos para lograr el mismo fin que ahora se pretende. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol N° 20.171-2023.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés. Al escrito folio 35562-2023: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. A los escritos folios 35586-2023 y 35614-2023: a todo, téngase presente. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de catorce de febrero de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 296-2023. Decis
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