SIN INFORMACION

POO POO GUILLERMO ALEJANDRO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)

Rol

Fecha

25 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que comparece Valentina Lorca Núñez, Defensora Penal Pública, en representación de Guillermo Alejandro Poo Poo, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de la Resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional que rechazó la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, vulnerando con ello los derechos fundamentales del amparado, específicamente su derecho a la libertad personal, que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas. Expone que su representado, se encuentra actualmente cumpliendo condena en el Centro de Readaptación Manuel Rodríguez, correspondiente al sistema abierto de Gendarmería de Chile, habiendo sido condenado a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, en calidad de autor del delito consumado de robo con violencia, en causa RIT 7077-2019. Señala que, según la información proporcionada por Gendarmería de Chile, el amparado registra como fecha de inicio de su condena el día 3 de junio del año 2019, con fecha de término fijada para el día 20 de agosto del año 2026, habiendo cumplido su tiempo mínimo de postulación a la libertad condicional el día 24 de junio del año 2023. Destaca especialmente que el condenado presenta más de seis bimestres con conducta calificada como "Muy Buena", antecedente de particular relevancia para efectos de evaluar su proceso de reinserción. Respecto de la resolución impugnada, indica la recurrente que la Comisión de Libertad Condicional rechazó la petición de libertad condicional argumentando que, al revisar los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, la documentación no habría dado cuenta de avances en su proceso de reinserción social. Sin embargo, controvierte dicha apreciación exponiendo aspectos que demostrarían efectivamente el progreso del amparado en su proceso de reinserción. Entre estos antecedentes, destaca que el condenado ha realiza

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el recurso en todas sus partes, dejando sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando que se le conceda dicha libertad. SEGUNDO: Que informa el presente recurso, el ministro José Pablo Rodríguez Moreno en su calidad de Presidente (s) de la Comisión de Libertad Condicional de Santiago, quien señala que por resolución de 30 de octubre del presente año, se resolvió por unanimidad rechazar la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado Guillermo Alejandro Poo Poo, teniendo presente los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile, y que del análisis de los mismos no se permitió hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N° 321, que exige acreditar avances en el proceso de reinserción social. TERCERO: Que la acción de amparo, prevista en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, tiene por objeto proteger a aquellas personas que ilegalmente sufran cualquier privación, perturbación o amenaza de su derecho a la libertad personal y seguridad individual, mediante la adopción por parte de esta Corte de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. CUARTO: Que ahora bien, en cuanto al fondo del presente recurso, el artículo 2 del D.L. 321, modificado por la Ley 21.124, en vigencia a contar del 18 de enero de 2019, incluye actualmente entre los requisitos para optar al b

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veinticinco. Al folio 6: a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que comparece Valentina Lorca Núñez, Defensora Penal Pública, en representación de Guillermo Alejandro Poo Poo, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de la Resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional que rechazó la

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