MANGHI/CORS
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DE FALLO
Hechos
VISTOS: Comparece doña PAOLA ANDREA MANGHI SÁNCHEZ, terapeuta ocupacional, deduciendo acción de protección en contra de doña CAROLINA CORS RICHARDS y doña MARÍA RUTH DEL VALLE MUÑOZ, por los actos que estima ilegales y arbitrarios consistentes en una campaña sistemática de hostigamiento y denostación pública a través de redes sociales como Instagram y X (antes Twitter). Expone que las recurridas le atribuyen, de manera arbitraria y sin fundamento, responsabilidad en el lamentable fallecimiento de una estudiante de la carrera de Terapia Ocupacional de la Universidad de Los Andes, Catalina Cayazaya Cors. Señala que esta campaña ha implicado la difusión masiva y reiterada de su nombre completo, su número de RUT, profesión, rol docente y su imagen, junto con imputaciones gravísimas como "culpable de suicidio", "maltratadora", "acosadora" o "encubridora", así como llamados a la "funa" y al escarnio público, solicitando que "se le quite el título profesional". Acompaña informes psicológico y psiquiátrico que dan cuenta del trastorno de adaptación con estado de ánimo ansioso y depresivo que padece, y su renuncia al trabajo, todo ello como consecuencia de las publicaciones. Lo anterior señala que conculca las garantías constitucionales consagradas en los números 1 y 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando que se declare que la actuación de las recurridas es ilegal y/o arbitraria, por vulneración de las garantías constitucionales invocadas, ordenándoseles el cese de su actuar, la eliminación de todo el contenido publicado, y que se abstengan de realizar nuevas publicaciones similares, disponiéndose cualquier otra medida necesaria para restablecer el imperio del derecho, con costas. Al evacuar el informe doña CAROLINA CORS RICHARDS, pide el rechazo de la presente acción. Refiere que es la madre de Catalina Cayazaya Cors (Q.E.P.D.) y que su hija fue víctima de hostigamiento académico y maltrato psicológico. Indica que las cuentas @corsc
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se decide que: I. SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección deducido por doña Paola Andrea Manghi Sánchez en contra de doña Carolina Cors Richards, solo en cuanto se ordena a esta última eliminar todas las publicaciones realizadas o compartidas por ella en las redes sociales Instagram (@corscarolina, @justiciaxcatalina) y X (antes Twitter), así como en cualquier otra plataforma digital bajo su control, que directa o indirectamente vinculen a doña Paola Andrea Manghi Sánchez con la muerte de Catalina Cayazaya, o que la expongan con su nombre, imagen o RUT de forma injuriosa, vejatoria, o atribuyéndole participación en la ocurrencia de un delito, sin perjuicio de otras medidas que la recurrente pueda ejercer ante las plataformas. II. SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por doña Paola Andrea Manghi Sánchez en contra de doña María Ruth Del Valle Muñoz, por falta de legitimación pasiva en la comisión de los actos arbitrarios e ilegales que dan sustento a la presente acción cautelar. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. No firma la ministro señora Hasbún Mancilla, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por encontrarse en comisión de servicio. N°Protección-6753-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Comparece doña PAOLA ANDREA MANGHI SÁNCHEZ, terapeuta ocupacional, deduciendo acción de protección en contra de doña CAROLINA CORS RICHARDS y doña MARÍA RUTH DEL VALLE MUÑOZ, por los actos que estima ilegales y arbitrarios consistentes en una campaña sistemática de hostigamiento y denostación pública a través de r
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