MATAMALA/EMPRESA DE MANTENCION Y SERVICIOS LIMITADA
Rol
C-23-2023
Fecha
4 de diciembre de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°. Que, a folio 31, con fecha 31 de octubre de 2023, don ANGELO PATRICIO RIVAS BELTR N, Á abogado, en representaci nó de los ejecutantes de autos deduce objeci n a la liquidaci n practicadaó ó con fecha 23 de octubre de 2023, solicitando ordenar se practique una nueva liquidaci n, en la cual se recalculen los montos adeudados aó cada trabajador para lograr el estricto apego a lo ordenado por la sentencia definitiva de marras, en especial en torno al inter s m ximoé á convencional a aplicar a cada trabajador, como en cuanto a corregir la errata de las ejecutantes ZAIDA ROSSANA ARANEDA TRONCOSO y ZAIRA VALESKA GARC A VALENZUELA. Í Funda su objeci n en las siguientes consideraciones que expone:ó I. LA EXISTENCIA DE UN ERROR DE REFERENCIA Y C LCULO EN LA MISMA QUE ES MENESTER PONER ENÁ EVIDENCIA PARA EVITAR NULIDADES FUTURAS. Alega que el error consiste en confundir a dos ejecutantes cuyos nombres de pila son similares, pero, se trata de personas diferentes. As , entre las ejecutantes se encuentran: í 1. ZAIDA ROSSANA ARANEDA TRONCOSO. 2. ZAIRA VALESKA GARC A VALENZUELA. Í Refiere que si bien se trata de dos personas distintas, en el listado final general de la liquidaci n, que rola desde la p gina 103 aó á 108, do a ZAIDA ROSSANA ARANEDA TRONCOSO apareceñ mencionada dos veces, y con el mismo monto total de indemnizaci n, loó cual genera que do a ZAIRA VALESKA GARC A VALENZUELAñ Í aparezca en este listado final omitida por el error. Código: VRRBXJMRTXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Sostiene que con ello la liquidaci n adolece de un error deó referencia que es menester de rectificar, lo cual deber generar queá do a ZAIRA VALESKA GARC A VALENZUELA, aparezca
Fallo
Por estas consideraciones, normas legales citadas, y de conformidad con lo dispuesto en el art culo 469 del C digo del Trabajo,í ó se resuelve: Que se rechaza, con costas, la objeci n formulada por la parteó demandante, con fecha 31 de octubre de 2023. RIT: C-23-2023 RUC: 22-4-0390013-7 Código: VRRBXJMRTXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Proveyó el(la) Juez(a) del 1° Juzgado de Letras de Coronel, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Coronel a cuatro de diciembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente.//kvf. Código: VRRBXJMRTXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-04T12:12:51-0300
Texto Completo (Preview)
Coronel, cuatro de diciembre de dos mil veintitrés. Resolviendo derechamente la objeción a la liquidación de autos: Visto y teniendo presente: 1°. Que, a folio 31, con fecha 31 de octubre de 2023, don ANGELO PATRICIO RIVAS BELTR N, Á abogado, en representaci nó de los ejecutantes de autos deduce objeci n a la liquidaci n practicadaó ó con fecha 23 de octubre de 2023,
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